Condenan a dirigente sindical que inició barricadas al sur de Iquique durante el estallido social

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Autor: Cooperativa.cl

Hecho ocurrió el pasado 28 de octubre de 2019 y causó daños en la carretera por más de un millón de pesos.

Tribunal decretó las penas de 3 años y un día y 61 días de presidio, que deberá cumplir en libertad vigilada.

Condenan a dirigente sindical que inició barricadas al sur de Iquique durante el estallido social
 Fiscalía

Funcionarios de la Fuerza Aérea lograron identificar al dirigente el día de los hechos.

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A las penas de tres años y un día y 61 días de presidio fue condenado el dirigente sindical, Edwin Marabolí Caipa, tras ser acusado de participar en el levantamiento de una barricada incendiaria al sur de Iquique durante el "estallido social". 

Según los antecedentes presentados por el fiscal de foco, Maximiliano Mariángel, se dio por acreditado que el pasado 28 de octubre de 2019, en el contexto de los desórdenes y manifestaciones producidas durante el denominado "estallido social", el acusado llegó a bordo de su vehículo junto a otros sujetos no identificados, hasta el kilómetro 400 de la ruta A-1, que une la ciudad de Iquique con el Aeropuerto Diego Aracena. 

Ahí se detuvieron en la pista que va hacia el sur y descargaron desde el maletero varios neumáticos, los que rociaron con un líquido acelerante, prendiéndoles fuego, bloqueando el camino para luego huir del lugar.

Producto de la combustión de los neumáticos, la ruta A-1 resultó con daños en la carpeta asfáltica avaluados por el tribunal en la suma de un millón 500 mil pesos.

En el juicio el fiscal presentó los testimonios de funcionarios de la Fuerza Aérea que pasaron por el lugar al momento de los hechos, logrando ver al acusado y captar imágenes de su vehículo y de la barricada incendiaria. También del personal del SEBV de Carabineros que realizaron la investigación, logrando identificar al acusado a través del vehículo y de información obtenida por las redes sociales; y de un representante de la concesionaria que informó de los daños producidos en la ruta.

Si bien la defensa del acusado solicitó su absolución, el tribunal consideró que en el juicio sí se dio por acreditada la participación del acusado en los hechos, los cuales configuran los delitos de daños calificados, dado el monto del perjuicio ocasionado y que fueron provocados en una carretera de uso público; y el delito contra el orden público, ya que "usando elementos incendiarios se destruyó, inutilizó e impidió el libre acceso a un camino de uso público, ilícito que se perpetró estando vigente un Estado de Excepción Constitucional en esta región".

Marabolí Caipa, quien es trabajador de una empresa minera y dirigente de la Central Unitaria de Trabajadores, deberá cumplir las penas de 3 años y un día y 61 días de presidio, otorgándole el tribunal el beneficio de libertad vigilada.

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