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Gobierno tras pronunciamiento de Corte Suprema: "La ley corta se hace indispensable"

Publicado:
| Periodista Digital: Cooperativa.cl

El ministro de Justicia precisó que la resolución aplica "en general para los afiliados de cada isapre (recurrida), no es universal para el sistema".

De todas formas, relevó que la devolución de dineros tendrá "un efecto que no es menor" en las aseguradoras privadas.

"Permite entregar certezas a las personas", afirmó la Superintendencia de Salud.

Gobierno tras pronunciamiento de Corte Suprema:
 ATON (archivo)

"Sobre este punto no hay ningún cambio en lo que hubiese resuelto la Corte", afirmó el ministro Luis Cordero.

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El ministro de Justicia, Luis Cordero, aseguró que la ley corta del Gobierno que facilita la aplicación del fallo de la Corte Suprema, que conmina a las isapres a devolver cobros indebidos, "se hace indispensable" en vista del último pronunciamiento del máximo tribunal.

"En términos sencillos: (la resolución) es general para los afiliados de cada isapre, no es universal para el sistema. Por lo tanto, el proyecto de ley se hace indispensable porque (la devolución) tiene un efecto que no es menor respecto del funcionamiento del sistema en general. Sobre este punto no hay ningún cambio en lo que hubiese resuelto la Corte", precisó el secretario de Estado.

"Cuando la Corte recibió amparo de derechos en estos casos, amparó a la persona recurrida y a los afiliados a la isapre donde se aplica esa tabla de factores. Por eso hemos hablado de que el alcance es general respecto de la isapre respectiva (...) las isapres recurridas son aquellas respecto de las cuales la Corte decidió los recursos en noviembre, que son las que solicitaron aclaración en este caso", es decir, Banmédica, Vida Tres, Nueva Masvida y Cruz Blanca.

En detalle, al ser de aplicación general para los afiliados a isapres recurridas, en la práctica correspondería a casi todo el sistema, pues la Suprema ha fallado a favor de usuarios recursos presentados contra las aseguradoras abiertas Colmena, Vida Tres, Cruz Blanca, Nueva Masvida, Consalud y Banmédica, y las cerradas Isalud, Fundación y Esencial; sólo Cruz del Norte -para trabajadores de SQM- no ha sido recurrida.

En cuanto al fondo de la respuesta, Cordero sostuvo que "al rechazar todas las solicitudes de aclaración, ha sido explícita sobre la interpretación original de esta sentencia, más allá de las discrepancias que algunos puedan manifestar sobre ella".

"Para resolver cada uno de los puntos de la aclaración, la Corte ha citado los considerandos respectivos de su sentencia. Esto es bien relevante porque creo que parte del debate público se ha confundido al analizar parcialmente la sentencia o la parte resolutiva sin tener en consideración la primera parte, que es la considerativa, donde está la explicación", detalló.

El ministro añadió que "en cada una de las aclaraciones, la Corte recordó el siguiente considerando: 'Al acoger este recurso para dar adecuada protección al recurrente y a todos los afectados con la aplicación de la tabla de factores empleada por la recurrida a sus planes y a los contratos de salud, lo hace extensivo a todos los afiliados de esa isapre'".

Por lo anterior, el titular de Justicia subrayó que "la ley corta se hace indispensable: la Corte Suprema dio un plazo de seis meses para el cumplimiento de la sentencia, eso se cumple a finales del mes de noviembre, y el Ejecutivo ha planteado al Congreso que, para efecto del cumplimiento de la sentencia, este proyecto de ley se hace indispensable".

SUPERINTENDENCIA VALORA RESOLUCIÓN: PERMITE DAR CERTEZAS 

Las dudas habían surgido luego de que Ángela Vivanco, integrante de la Tercera Sala -encargada del fallo-, dijera en una entrevista el último fin de semana que la sentencia debiera aplicarse sólo a los usuarios que demandaron, palabras que luego aclaró haber dicho a título personal y no como vocera de la Suprema, rol que cumplió hasta el miércoles, cuando renunció luego de que el Pleno del máximo tribunal se lo pidiera ante el revuelo mediático del caso.

"Las características del fallo siguen siendo generales porque el conjunto de isapres, la inmensa mayoría, fueron recurridas por personas. Es decir, el criterio general se mantiene. Por lo tanto, el episodio de la exvocera ha quedado al margen", comentó el senador Juan Luis Castro (PS), presidente de la Comisión de Salud de la Cámara Alta.

El superintendente de Salud, Víctor Torres, analizó que, tras el pronunciamiento de la Suprema, "evidentemente al confirmarse este efecto general se termina con una serie de interpretaciones que se ha dado hasta el día de hoy".

También "permite entregar certezas a las personas y a nuestra Superintendencia en el sentido del trabajo que hemos estado realizado todo este tiempo. Lo que corresponde ahora es continuar con la labor y esperar que siga avanzando el proyecto de ley en el Congreso", sentenció.

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