Cordero recalcó rol "insustituible" de los alcaldes en la nueva Ley de Seguridad Municipal

Publicado:
| Periodista Digital: Cooperativa.cl

El ministro subrayó la centralidad de la "prevención a nivel territorial", afirmando que el papel de los jefes comunales es clave en la construcción de entornos protegidos.

La legislación recién estrenada regulariza el trabajo de los inspectores municipales, establece innovadoras instancias de coordinación con las fuerzas policiales y el Ministerio Público, y mejora la protección de los trabajadores dedicados a estas funciones.

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 ATON (referencial)

Un aspecto vital que requerirá elaboración en los próximos meses es la normativa que definirá los elementos disuasivos no letales para el personal municipal, cuyo plazo de emisión es de un año desde su publicación.

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Los ministros de Seguridad Pública, Luis Cordero, y del Interior, Álvaro Elizalde, promulgaron este viernes la Ley de Seguridad Municipal, normativa que representa un hito en la estrategia para abordar la crisis de seguridad, con un enfoque particular en la modernización y fortalecimiento del rol de los municipios.

En un acto realizado en el Parque Metropolitano Cerros de Renca, el titular de Seguridad destacó la centralidad de la prevención territorial y el rol "insustituible" de los alcaldes en esta nueva normativa.

Entre las principales medidas de esta ley se destaca la regularización de la labor de los inspectores municipales, la creación de nuevas instancias de coordinación con las fuerzas policiales y el Ministerio Público, y el establecimiento de nuevas formas de contratación y protección para los funcionarios municipales involucrados en estas tareas.

"La Ley de Seguridad Municipal que hoy celebramos su promulgación, es cierto que tenía un fuerte énfasis en la manera en que buscamos profesionalizar y proteger a nuestros inspectores municipales, es cierto también que hemos puesto énfasis en la coordinación de las policías, Ministerio Público y los gobiernos regionales, pero hay algo en materia de seguridad municipal que los alcaldes son insustituibles: que es en materia de prevención territorial", analizó Cordero.

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La inédita reglamentación fue oficializada por los secretarios de Estado, Luis Cordero y Álvaro Elizalde, marcando un avance importante en materia de seguridad. (FOTO: ATON)

En esta línea, enfatizó que "en esos lugares donde hay cuestiones que algunos podrían considerar triviales, como las luminarias, y que otros que podrán considerar menores, como saber quién es quién en un determinado municipio, son determinantes para resolver los aspectos claves de seguridad en el largo plazo".

Consenso político tras una tramitación desafiante

La promulgación de esta ley es también un reflejo de un esfuerzo transversal en el espectro político chileno. El proyecto superó una "tramitación difícil", requiriendo el acuerdo entre parlamentarios, así como entre alcaldes y alcaldesas de diversos sectores políticos.

El alcalde de Renca, Claudio Castro, resaltó la capacidad de colaboración que se logró durante el proceso, asegurando que, "frente a temas que son la preocupación número uno de nuestras vecinas y vecinos, no hay diferencias ideológicas, y eso creo que los representamos los alcaldes y alcaldesas en todo el país".

"Hemos sido capaces de identificar aquello que nos une. Esta no es una ley en la que estuvimos todos de acuerdo con las distintas discusiones que se fueron dando, sin embargo, el Congreso fue capaz de identificar aquello que nos unía, y los alcaldes creo que cumplimos un rol también en poder colaborar con que ese acuerdo llegara lo antes posible", puntualizó el jefe comunal.

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El alcalde de Renca, Claudio Castro, enfatizó la capacidad de colaboración alcanzada durante el proceso, destacando que, ante la principal preocupación de los habitantes, las diferencias ideológicas ceden paso a la unión. (FOTO: ATON)

Desafío del reglamento para elementos no letales

Un aspecto que queda pendiente y que requerirá atención en los próximos meses es la elaboración del reglamento que definirá los elementos disuasivos no letales que podrán utilizar los funcionarios municipales.

Este punto no está especificado en la legislación actual y deberá ser determinado mediante un reglamento que tiene un plazo de un año desde la publicación de la ley para ser emitido.

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