¿Cumplirán con ir al TAS? Segunda Sala de la ANFP ratificó la resta de puntos a Unión La Calera
El club ya había anticipado la opción de continuar sus alegatos ante el organismo internacional si su apelación no prosperaba en Quilín.
El club ya había anticipado la opción de continuar sus alegatos ante el organismo internacional si su apelación no prosperaba en Quilín.
Este martes 5 de mayo, la Segunda Sala del Tribunal de Disciplina de la ANFP rechazó la apelación de Unión La Calera y ratificó la resta de seis puntos, con derrotas administrativas de 3-0, por superar el límite de extranjeros en cancha durante sus duelos con Everton y Cobresal.
En aquellos duelos el conjunto "cementero" jugó con seis foráneos en cancha, debido a que el club interpretó que Axel Encinas no gastaba cupo al haber sido inscrito como juvenil hasta la temporada pasada; aún cuando los reglamentos 2026 de la Liga de Primera indican que la excepción corre para aquellos que se "mantienen" como cadetes al menos desde 2024.
"Se rechazan, en todas sus partes, las impugnaciones formuladas por el Club Unión La Calera en contra de la sentencia dictada por la Primera Sala del Tribunal Autónomo de Disciplina de la Asociación Nacional de Fútbol Profesional. En consecuencia, se confirma en todas sus partes la referida sentencia", señaló el fallo.
La Segunda Sala contravino la interpretación sintáctica del club respecto a las normas vigentes, junto al desechado argumento de una respuesta informal de la Gerencia de Competiciones al club visando a Encinas como habilitado para jugar como sexto extranjero.
Sobre lo último, el organismo señaló que "la consulta formulada por el club denunciado fue parcial e incompleta, omitiendo el dato esencial relativo a la imposibilidad reglamentaria de mantener al jugador Encinas inscrito en el Fútbol Formativo durante 2026, defecto que por sí solo basta para descartar la procedencia del precedente que la recurrente invoca"
A su vez, se remarcó que "la carga de verificar el cumplimiento de las reglas para elegir jugadores recae sobre el club que pretende incluirlos en su alineación. Tal carga es objetiva y previa, y no puede ser desplazada hacia la entidad organizadora invocando el principio de buena fe subjetiva".
Ahora, solo resta esperar si Unión La Calera cumplirá con acudir elevar el caso hasta el Tribunal de Arbitraje Deportivo, tal como había planteado cuando salió la sentencia de la Primera Sala.
El 7 de marzo, los "cementeros" esgrimieron directamente en un comunicado que llegarían "de ser necesario, hasta el TAS".
Lo cierto es que los rojos con este nuevo revés siguen en zona de descenso con 10 puntos.