Para entender bien: ¿Cómo funciona la retención de la devolución de impuestos?

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Autor: Cooperativa.cl

Este año debuta la cotización obligatoria para los trabajadores a honorarios, con cargo a devolución del 10% de impuestos.

Para entender bien: ¿Cómo funciona la retención de la devolución de impuestos?
 ATON (Referencial)

La Operación Renta 2019 comenzó con polémica.

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Durante la Operación Renta 2019 debuta la retención de parte o del total de la devolución de impuestos paralos trabajadores independientes, situación que ha generado una creciente indignación entre los usuarios, por la poca claridad en el proceso.

Esta legislación se originó en la reforma previsional de 2008 impulsada por el primer Gobierno de Michelle Bachelet y cuya entrada en vigencia fue prorrogada hasta que en agosto de 2018, bajo el segundo Gobierno de Sebastián Piñera, se ingresó el proyecto para que comenzara a regir, lo que fue aprobado por el Congreso en enero de 2019 y promulgado en febrero pasado.

La norma, conocida como Ley de Honorarios, implica la retención de este monto que tradicionalmente era devuelto por el Servicio de Impuestos Internos (SII) en el mes de mayo, y con la cual se pagarán las cotizaciones de salud y pensión, con la finalidad de que los trabajadores a honorarios tengan distintos beneficios de seguridad social.

Así, los trabajadores a honorarios tendrán derecho a prestaciones y beneficios como asignaciones familiares por sus cargas, cobertura del Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales (ATEP), derecho a pensión de invalidez, sobrevivencia y vejez, cuota mortuoria, derecho a cobertura de salud tanto para prestaciones médicas como monetarias (pago de licencias médicas) y acceso al Seguro para el Acompañamiento de Niños y Niñas (Ley SANNA).

¿Cómo opera?

Pese a que la información ha sido comunicada por las autoridades, los contribuyentes, en general, manifiestan desconocimiento sobre cómo operarán estas disposiciones.

Cabe recordar que sólo están obligados a cotizar las mujeres menores de 50 años y los hombres menores de 55 años al 1 de enero de 2018 y si es que durante el año anterior se obtuvieron honorarios anuales por un monto igual o mayor a 1.440.000 pesos.

Mientras que no están obligados a cotizar las mujeres mayores de 50 y hombres mayores de 55 al 1 de enero de 2018, personas con honorarios menores a 1.440.000 pesos, quienes están afiliados a Capredena, Dipreca o IPS, quienes están pensionados por vejez, vejez anticipada o invalidez total.

Así, quienes deban cotizar tendrán que escoger en su Declaración de Renta si lo hacen por la cobertura completa o en cambio por la modalidad parcial.

En el caso de la cobertura completa, el total del 10 por ciento de la devolución de impuestos se utilizará para el pago de cotizaciones, las que cubrirán el periodo que va entre el 1 de julio de 2019 al 30 de junio de 2020. Por ello, el contribuyente no recibirá devolución.

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En cambio, si se elige la cobertura parcial el SII retendrá 26,9 por ciento este año, devolviendo el 77,1 por ciento al cotizante (del monto original de la devolución que equivale al 10 por ciento impuesto en las boletas). La cotización en este caso irá aumentando año a año, disminuyendo la devolución, llegando en 2028 al 17 por ciento. Además, la cobertura para cualquier licencia u otro beneficio será acorde a lo aportado.

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En la eventualidad de haber cotizado ya durante el año 2018 el sistema funcionará distinto si el contribuyente pertenece a isapre o a Fonasa.

En el caso de estar en el sistema privado, el SII aclara que esos montos ya se utilizaron en la cobertura de este año, por lo que no habrá devolución del 10 por ciento.

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Por otro lado, para los trabajadores que están Fonasa, el SII sí considerará los pagos efectuados el año pasado en el cálculo de la retención de impuestos, por lo que aquí puede haber devolución del 10 por ciento o parte de él.

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Para mayores detalles puedes consultar en el sitio del SII.

Para revisar tu posible devolución de impuestos puedes revisar el simulador de la Subsecretaría de Previsión Social, el cual de todos modos no muestra el caso de las personas que cotizaron el año anterior.

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