Corte Suprema ordenó anular el juicio contra Martín Pradenas

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| Periodista Digital: Cooperativa.cl

En votación dividida, el máximo tribunal acogió los argumentos de la defensa del imputado por delitos sexuales, que advirtieron la falta de imparcialidad de uno de los jueces.

No obstante, asegura no cuestionar "las pruebas rendidas, la participación atribuida al acusado y la perspectiva de género" plasmadas en la resolución.

Corte Suprema ordenó anular el juicio contra Martín Pradenas
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El fallo establece que Pradenas deberá esperar la apertura de un nuevo juicio en prisión preventiva.

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Este jueves la Corte Suprema ordenó anular el juicio contra Martín Pradenas, encontrado culpable el pasado 6 de agosto de dos delitos de violación y cinco abusos sexuales a seis mujeres, perpetrados entre el 2010 y 2019, por los que recibió una pena de 20 años de cárcel.

En votación dividida, el máximo tribunal acogió por mayoría el recurso de nulidad presentado por la defensa del imputado, que advirtió la falta de imparcialidad de uno de los jueces antes y después de que se diera a conocer la condena, quien calificó a Pradenas como un "maldito violador" en sus redes sociales.

La Suprema reconoce en su fallo que hubo vulneraciones en los derechos constitucionales del acusado al no garantizarse un proceso imparcial, debido a la conducta de Leonel Torres Labbé, uno de los jueces y redactor de la sentencia contra Pradenas.

"A partir de la dictación del veredicto en la presente causa, el magistrado ha compartido a través de sus redes sociales públicas una serie de mensajes de otros usuarios de la red social Instagram, los cuales utilizan expresiones y calificativos atentatorios contra la dignidad de nuestro representado, tales como 'violador' o 'maldito violador'", alegó la defensa en su recurso ante la Suprema.

El comunicado del Poder Judicial sostiene que la Segunda Sala reconoció que estos dichos "dan cuenta de la afinidad del juez redactor con los intereses de la parte acusadora, apartándose de la objetividad con que debía enfrentar el juicio y dictar la sentencia recurrida".

También observó que "denota una falta a su deber de independencia en tanto juez en ejercicio de sus funciones, que, entre otras cosas pero muy centralmente, impone la obligación de preservar las decisiones judiciales de las influencias extrañas al Derecho provenientes del sistema social, deber normativo que resulta esencial, desde que el mismo tiene como correlato el derecho de los ciudadanos a ser juzgado desde el Derecho y no desde parámetros extrajurídicos, motivado por razones que el Derecho no le suministra".

Por ello, "dispuso que la Corte de Apelaciones de Temuco instruya una investigación sumaria respecto del juez Leonel Torres Labbé, para determinar una eventual responsabilidad disciplinaria en su actuar durante el juicio".

No obstante, el escrito precisa que el máximo tribunal "no cuestiona el fondo de la resolución, como lo son las pruebas rendidas, la participación atribuida al acusado y la perspectiva de género plasmada en la resolución del caso, sino la vulneración a la garantía del 'juez imparcial'".

El juez del máximo tribunal Manuel Antonio Valderrama explicó que "el fallo dice relación con la nulidad de la sentencia y del juicio, por lo tanto, debe llevarse a cabo un nuevo juicio con jueces no inhabilitados y la Sala determinó que se hiciera una investigación respecto al actuar -si se ajustaba o no se ajustaba- lo determino por esta Corte respecto al uso de las redes sociales".

El magistrado recalcó que esta decisión "no significa que la persona quede en libertad o que es inocente, nosotros no nos pronunciamos sobre el fondo del asunto, sino que simplemente velamos por el debido proceso que tenemos derecho toda persona", por lo que Pradenas deberá esperar la apertura de un nuevo juicio en prisión preventiva.

Por su parte, el abogado defensor Javier Jara Müller indicó que "todos podemos cometer errores, pero este error es el que causa el efecto de anular el juicio oral; no es que la Corte Suprema esté validando la incorporación de la prueba del Ministerio Público o que los demás reprochen que hacíamos a la sentencia, no concurra, simplemente por una cuestión técnica procesal, al pronunciarse sobre la primera causal ya no es necesario pronunciarse sobre las demás"

FISCALÍA ESPERA "RESULTADO SIMILAR" AL DEL PRIMER JUICIO

Antes de la confirmación del máximo tribunal, Alejandro Barra, padre de Antonia -una de las hasta ahora acreditadas víctimas del imputado-, señaló a Cooperativa que al culminar este proceso, "el resultado debería ser el mismo", ya que "no se está cuestionando nada de lo que fue culpable".

En la misma línea, durante esta jornada el fiscal regional de La Araucanía, Roberto Garrido, dijo esperar que el nuevo juicio tenga un resultado similar al anterior, dado que la resolución "no cuestiona las pruebas recogidas durante la investigación ni el trabajo realizado por las policías y el Ministerio Público, como asimismo las pruebas aportadas por los querellantes".

"Tampoco cuestiona la perspectiva de género utilizada en la investigación y durante el juzgamiento de este caso", recalcó el persecutor.

Considerando aquello, a partir de ahora "nos parece que lo más relevante es poder trabajar a continuación con las víctimas, para disminuir al máximo y en la medida de lo posible la revictimización que implica enfrentar un nuevo juicio oral, y estamos confiados en que el trabajo realizado en conjunto con los querellantes nos permita enfrentarlo con un resultado similar al ya obtenido", remató.

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