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En qué consiste el proyecto contra el "ciberacoso"

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Autor: Cooperativa.cl

La iniciativa busca sancionar como delitos el hostigamiento, la exhibición no consentida de registros sexuales y la difusión datos personales con fines de acoso.

También contempla aumenta de penas para la injuria y el chantaje.

En qué consiste el proyecto contra el
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El proyecto fija penas de hasta cinco años de cárcel para los nuevos delitos.

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En el marco de la conmemoración del Día Internacional de la Mujer, el Presidente Sebastián Piñera anunció este viernes en La Moneda un proyecto que ley que sanciona distintos tipos del "ciberacoso".

De acuerdo con una minuta del Ministerio de Justicia, la iniciativa, que busca "actualizar nuestra legislación penal para sancionar fenómenos delictivos que hasta el momento son impunes", establece la creación de tres nuevos delitos.

Hostigamiento

Uno de ellos es el hostigamiento (acoso o "stalking"), nuevo delito de aplicación general que no estará limitado a un contexto sexual o si el acoso se realiza de manera presencial o por medios digitales, y que contempla penas de 3 años de cárcel.

"Consiste en la afectación grave de las condiciones de vida de la persona afectada mediante el seguimiento físico, contacto o envío de comunicaciones (inclusive llamar por teléfono) insistente del hechor, contra la voluntad del hostigado. Se trata del fenómeno del stalker o acosador", detalla el texto.

"Porno venganza"

Otro punto sancionará la exhibición no consentida de registros de contenido sexual, acción conocida como "porno venganza", ya sean videos, imágenes o sonidos de una interacción sexual o de partes íntimas, a pesar de que hayan sido captados con el permiso de la persona que los protagoniza.

Las penas por este tipo de hechos irán hasta los 3 años de cárcel, pero si la difusión de las imágenes se realiza a un número considerable o indeterminado de personas, la pena puede aumentar a 5 años.

"Doxing"

Un tercer nuevo delito es la difusión no consentida de imágenes o datos personales, conocido en inglés como "doxing", que sancionará a quien difunde imágenes, videos o datos personales de una persona, con la finalidad de que sea hostigada (acosada) por un número considerable de personas.

El proyecto fija penas de hasta los 541 días de cárcel, con la probabilidad de agravarse en caso de que producto de la difusión la persona que se busca afectar sea acosada efectivamente.

Aumento de penas para la injuria y el chantaje

La iniciativa también pretende endurecer las penas de dos delitos que actualmente forman parte del Código Penal, la injuria y el chantaje.

En el caso de la injuria, si no se realiza por escrito ni con publicidad, el victimario arriesgará penas de cárcel, y no una multa como es en la actualidad.

Por su parte, el chantajista que amenaza a otro con difundir imágenes de carácter privado para obtener un beneficio, arriesga hoy en día una pena de 5 años y una multa de 100 a 500 UTM; con el proyecto la pena se eleva hasta los 10 años si la amenaza se realiza contra una persona menor de edad.

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