Corte de Apelaciones de Santiago dio a conocer fallo de desafuero de diputada Leuquén

Publicado:
| Periodista Digital:Javier Verdejo P.

Querella presentada en su contra por el delito de injurias se originó tras agresión de la parlamentaria a la supervisora de un pub en Las Condes.

Tribunal determinó que en esta etapa procesal se podía dar cuenta de la existencia del delito de injurias y la calidad de autora que le cabe a la diputada.

Corte de Apelaciones de Santiago dio a conocer fallo de desafuero de diputada Leuquén
 Cedida

Defensa de diputada Aracely Leuquén apelará a la resolución del tribunal de alzada

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La Corte de Apelaciones de Santiago dio a conocer este miercoles la sentencia íntegra del desafuero de la diputada de Aysén, Aracely Leuquén (RN), quien agredió en estado de ebriedad a una trabajadora en un pub de Las Condes, lo que derivó en la presentación de una querella en su contra por el delito de injurias graves.

Con votación de mayoría de los magistrados, el pleno del tribunal determinó que existen méritos suficientes para la conformación de una causa en contra de la parlamentaria por los hechos registrados en septiembre de 2019, en el local "Irish Geo Pub".

Según señala el fallo "para determinar en definitiva si hay mérito para la formación de causa contra la señora diputada, deben concurrir antecedentes que justifiquen la existencia del delito y que permitan presumir fundadamente que en el ha tenido participación la señora Leuquén".

"Que los hechos descritos en la querella no aparecen hasta ahora negados por la señora diputada existiendo coincidencia además con las imágenes registradas en el soporte remitido a esta Corte que al menos muestra una escena concordante con la descrita en la querella", agrega la sentencia del tribunal.

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En el fallo los magistrados señalan que lo que debían evaluar en esta instancia era si existían elementos que hicieran plausible la acusación en contra de la parlamentaria y no el fondo de los hechos denunciados.

"La conducta desplegada por la señora diputada importa la concurrencia de una acción y expresión que se ejecuta en relación a la querellante en un lugar público donde la última se desempeña laboralmente como supervisora y que consiste en señalar que era diputada, restregarle la boleta de consumo en la boca, tironearle el pelo y decirle que se comiera sus migajas porque tenía el dinero para pagar diez veces la cuenta, comportamiento que, en esta etapa preliminar, encuadra con el tipo penal que se imputa, y permite tener por justificada la existencia del delito de injurias", señala la resolución del tribunal de alzada capitalino.

La parlamentaria de la Región de Aysén no se quiso referir al proceso judicial en curso, pero fuentes cercanas a la diputada indicaron que apelarán a la resolución del pleno de la Corte de Apelaciones de Santiago y de ser negativa esta acción judicial, recurrirán a la Corte Suprema.

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