Corte de Chillán denegó libertad a imputado por el femicidio de Carolina Fuentes

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Autor: Cooperativa.cl

El tribunal de alzada confirmó la prisión preventiva de Ricardo Neira, único sospechoso del crimen.

"Estimó que la prisión preventiva estaba correctamente fundada", valoró la Fiscalía.

Corte de Chillán denegó libertad a imputado por el femicidio de Carolina Fuentes
 PDI Ñuble

Ricardo Neira se mantiene detenido en el Centro de Detención Preventiva de San Carlos.

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La Corte de Apelaciones de Chillán rechazó el recurso de amparo presentado por la defensa de Ricardo Neira, único imputado por el delito de femicidio consumado de Carolina Fuentes, luego de su desaparición en junio y el hallazgo de su cadáver casi 100 días después en la ribera del Río Ñuble.

La parte defensora había solicitado la revocación de la prisión preventiva y la libertad inmediata de Neira, aludiendo irregularidades en el proceso y falta de garantías para la legítima defensa.

La primera sala del tribunal de alzada -integrada por los ministros Darío Silva, Claudio Arias y el fiscal judicial Juan Pablo Nadeau–, desestimó el recurso, tras establecer que la resolución emitida por el Tribunal de Garantía de Quirihue fue fundada y ajustada a la existencia del delito y la presunta participación del imputado.

"El recurso de amparo fue rechazado por cuanto la Corte de Chillán estimó que la resolución que decretó la medida cautelar de prisión preventiva estaba correctamente fundada, cuestión que había sido cuestionada por la defensa en el marco de este recurso de amparo", explicó el abogado Francisco Soto, jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica de la Fiscalía Regional de Ñuble.

Detalles del fallo

En su fallo, la Corte argumentó que "la resolución recurrida contiene la fundamentación suficiente para ser entendida y así resguardar las garantías del imputado (...), dados los antecedentes que se expusieron en la audiencia respectiva, que, por lo demás, aparecen como bastantes en este estadio procesal, para acreditar los presupuestos materiales, como asimismo la concurrencia de la necesidad de cautela".

El tribunal agrega que dicha resolución "era susceptible de revisión mediante un recurso de apelación, el que no consta haberse interpuesto, motivos que llevan a desestimar el presente arbitrio".

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