Comenzó Gestión de Episodios Críticos respecto a la calidad del aire en O'Higgins

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Autor: Cooperativa.cl

La medida rige para 17 comunas de la región y está en vigencia hasta el 31 de agosto.

Comenzó Gestión de Episodios Críticos respecto a la calidad del aire en O'Higgins
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En el inicio de este mes comenzó la Gestión de Episodios Críticos (GEC) en la Región de O'Higgins, para controlar la calidad del aire en la zona.

La medida regirá entre el 1 de abril y el 31 de agosto en base a lo establecido en el Plan de Descontaminación Atmosférica (PDA) del Valle Central local.

El subsecretario de Medio Ambiente, Javier Naranjo, advirtió que "es sabido que en el invierno las ciudades del sur de Chile son especialmente contaminadas por la congestión de la leña".

"Hoy hay 17 comunas del valle central que están bajo esta modalidad y necesitamos que los habitantes y nuestros vecinos de estas 17 comunas nos colaboren con preferir energías limpias para calefaccionar sus hogares", indicó el intendente de O'Higgins, Ricardo Guzmán.

Por su parte, el seremi de Medio Ambiente, Rodrigo Lagos, agregó que respecto a uso de elementos de calefacción "prefiera medios de calefacción que no contaminen, y si va a usar leña, ésta debe estar seca, ya que la leña húmeda contamina un 50% más. Esto es importante ya que la contaminación intradomiciliaria podría provocar problemas respiratorios y en este escenario de pandemia aquello sería aún más complejo".

Las medidas establecidas en la GEC rigen sólo en situación de episodio, es decir, al declararse alerta, pre-emergencia o emergencia ambiental, para las 17 comunas de la zona saturada de la Región de O'Higgins: Rancagua, Graneros, Doñihue, Olivar, Coltauco, Coínco, Quinta de Tilcoco, San Vicente, Placilla, Mostazal, Codegua, Machalí, Malloa, Rengo, Requínoa, San Fernando y Chimbarongo.

Las medidas de la GEC

En día con episodio declarado, se establece que en las comunas de la zona saturada solo se pueden utilizar calefactores a leña que cuenten con sello de certificación de la Superintendencia de Electricidad y Combustible, SEC.

Asimismo, los Establecimientos Educacionales sólo podrán realizar actividad física en gimnasios cerrados, a fin de evitar que los alumnos estén expuestos a la contaminación de forma directa.

Respecto de las actividades deportivas organizadas por el Instituto Nacional del Deporte (IND), éstas sólo podrán realizarse en recintos cerrados. No se suspenden las actividades del Sistema Nacional de Competencias Deportivas.

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