Este domingo entró en vigencia la segunda fase de la Ley de 40 horas, donde la jornada laboral se reduce automáticamente de 44 a 42 horas. Sin embargo, una de las dudas más frecuentes -desde que empezó a regir la normativa- gira en torno al tiempo de colación.
Gonzalo Durán, académico del Departamento de Trabajo Social de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de Chile, explicó en Una Nueva Mañana que esta era precisamente una de las irregularidades más comunes antes de los últimos dictámenes de la Dirección del Trabajo.
"Lo que estaban haciendo algunas empresas era básicamente decir: 'Vamos a reducir la jornada de trabajo como imputándolo a esto de la hora de colación'. Y ahí básicamente no había ninguna ganancia para las y los trabajadores", señaló.
Qué garantiza la ley
Durán recordó que en Chile la hora de colación no es tiempo remunerado en el régimen general, salvo acuerdos individuales excepcionales. Lo que sí está garantizado por ley es que el empleador debe otorgar al menos 30 minutos para descansar y almorzar.
Ese tiempo, precisó, no puede ser contabilizado como parte de la reducción de jornada. "Con toda la discusión que ha habido, eso ya debería estar garantizado que no va a suceder. Esa es la discusión que también ha habido durante estas últimas semanas", indicó.
Qué hacer si ocurre
Si un trabajador detecta que su empleador está utilizando la colación para justificar la rebaja horaria, Durán fue directo: "Si pasa eso, efectivamente hay que denunciarlo de inmediato", ya sea ante la Inspección del Trabajo o a través del sindicato correspondiente.
El experto también recordó que, por ningún motivo, la reducción de horas puede traducirse en una rebaja de sueldo. "No pueden reducir los salarios, eso tampoco sería justo, iría contra el espíritu de la ley", afirmó.
Las empresas que no ajusten sus registros y turnos enfrentan multas que van de 3 a 60 UTM (entre 209 mil y 4,2 millones de pesos) por cada trabajador afectado, según el tamaño del empleador.
Los trabajadores pueden denunciar ante la Inspección del Trabajo de su comuna o vía el sitio web de la DT, de forma gratuita y confidencial.