Condenan a Cencosud, Walmart y SMU por la colusión de los pollos

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Autor: Cooperativa.cl

Las grandes cadenas de supermercados se concertaron para subir artificialmente los precios al menos entre 2008 y 2011.

El TDLC impuso multas que, sumadas, alcanzan los 8.000 millones de pesos.

Condenan a Cencosud, Walmart y SMU por la colusión de los pollos
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Tienen 10 días hábiles para presentar una apelación.

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El Tribunal de la Libre Competencia (TDLC) acogió la denuncia de la Fiscalía Nacional Económica (FNE) y multó a los supermercados Walmart, Cencosud y SMU por la "colusión de los pollos".

De acuerdo a la resolución, las empresas participaron "de un acuerdo o práctica concertada, por sí o a través de sus relacionadas, destinado a fijar, por intermedio de sus proveedores, un precio de venta para la carne de pollo fresca en supermercados igual o superior a su precio de lista mayorista, entre al menos los años 2008 y 2011".

Además, se rechazó la prescripción a la que apuntaban las tres empresas.

Debido a esto, Cencosud deberá pagar una multa de 5.766 UTA (3.345 millones de pesos), SMU 3.438 UTA (1.994 millones de pesos) y Walmart 4.743 UTA (2.752 millones de pesos), que irá a beneficio fiscal. 

La FNE aseguraba que los supermercados estaban impedidos de vender carne de pollo fresca por debajo del precio de lista mayorista más IVA y que la coordinación ocurrió a través de sus proveedores.

Las cadenas "adhirieron conscientemente a un esquema común que sustituyó los riesgos de la competencia por una cooperación práctica entre ellas", con el fin de "regularizar el mercado y evitar guerras de precios".

Stefan Larenas, presidente de Odecu, planteó que "el fallo es bastante contundente, ocho mil millones de pesos es una multa significativa. Sin embargo, lo que es más evidente es que esto es un tremendo daño a la libre competencia".

"Nuestro norte es buscar compensaciones. Hoy día tenemos un fallo que dice que se coludieron, por lo tanto nuestra tarea es iniciar acciones civiles compensatorias", agregó.

Al cierre de 2011, Cencosud, SMU y Walmart concentraban el 92,5 por ciento de la industria supermercadista a través de las marcas Jumbo y Santa Isabel; Unimarc, Bigger, Mayorista 10, Maxi Ahorro, Alvi, Dipac y Comer; Hipermercado Lider, Lider Express, SuperBodega aCuenta y Ekono.

Supermercados recurrirán a la Suprema

A través de una declaración, Cencosud manifestó que no comparte la decisión del TDLC y que "no ha participado en conductas anticompetitivas, por lo que reclamaremos ante la Corte Suprema para afirmar nuestra inocencia".

"Estamos convencidos que tanto la FNE como el TDLC calificaron erróneamente los hechos. Nuestra filosofía es y ha sido siempre competir firmemente en el mercado atendiendo el marco legal y el apego a la libre competencia", precisaron.

"Lo que ha quedado demostrado y ha sido confirmado por la Corte Suprema en fallo anterior, es que los proveedores de carne de pollo se encontraban coludidos, lo que evidentemente afectó las condiciones de competencia de este producto", puntualizó la empresa.

Por su parte, SMU planteó que son "una compañía que nació para competir" y que "negamos rotundamente haber participado de alguna coordinación de precios con nuestros competidores".

"Somos una compañía con un sólido compromiso con nuestros clientes y con la libre competencia. Prueba de ello, ha sido nuestra agresiva estrategia comercial y promocional que nos ha permitido alcanzar una posición competitiva", recalcaron.

"Contamos con altos estándares éticos y diversos procedimientos internos para resguardar las buenas prácticas con nuestros proveedores y clientes", añadieron.

Walmart lamentó la decisión del TDLC y aseveró que "en el transcurso del proceso que lleva a cabo el organismo se han entregado argumentos sólidos, que avalan el correcto actuar de la compañía".

La empresa "opera con la convicción de haber hecho -y de seguir haciendo- todos los esfuerzos que han estado a su alcance para cumplir con la normativa de libre competencia. Tal convicción es fruto de un trabajo continuo por alinear preventiva y permanentemente las prácticas y cultura institucional de una empresa que cuenta con más de 51 mil colaboradores en todo el país".

Tras la sentencia, las partes tienen un plazo de 10 días hábiles para presentar un recurso de reclamación ante la Corte Suprema.

Fallo del TDLC por colusión de los pollos by Cooperativa.cl on Scribd

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