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Presidente Lagos promulgó nueva ley de Matrimonio Civil

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Autor: Cooperativa.cl

La legislación establece la existencia del divorcio vincular para las parejas que fracasen en sus matrimonios, eliminando la figura legal de la nulidad.

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Ante cerca de 400 personas, entre ellas el ex presidente Patricio Aylwin y todos quienes ocuparon las carteras de Justicia y del Servicio Nacional de la Mujer (Sernam) desde el retorno de la democracia, el Primer Mandatario promulgó la nueva ley de Matrimonio Civil, que reemplaza a la ley vigente desde 1884 y que contempla el divorcio vincular como principal figura.

 

"Como aquí se ha recordado, un largo recorrido ha sido necesario para llegar a este momento", afirmó Lagos.

 

Agregó que "este es un paso gigantesco, que fortalece a la familia, que da mayor protección a los hijos, que pone fin a la dura situación de muchos compatriotas, que habiendo tenido la triste experiencia de un fracaso matrimonial, se encontraban imposibilitados de rehacer su vida familiar".

 

"Lo que no podemos hacer como Gobierno, como un Gobierno democrático, es imponer las condiciones de un sector al conjunto de chilenos y chilenas. Chile ha avanzado lo sufiente en ese sentido y esta ley es una demostración de ello, al igual que en otros casos", subrayó Lagos.

 

La máxima autoridad del país, quien está casado en segundas nupcias con Luisa Durán, dijo que la legislación permite reconocer "el derecho de las personas a decidir por si mismas su proyecto de vida. Ello supone que si uno de los cónyuges o ambos de mutuo acuerdo, no pueden o no quieren continuar unidos en amtrimonio, no puede el Estado imponer la persistencia de este vínculo".

 

Los presentes en el acto, realizado en el patio Las Camelias de La Moneda, aplaudieron de pie el momento en que el jefe de Estado estampó su firma en el texto legal, con lo que se convirtió en ley de la República.

 

El proyecto de ley ingresó en 1997 al Congreso Nacional, donde se mantuvo estancado, principalmente por la presión que sectores conservadores y la Iglesia Católica ejercieron sobre los congresistas. De hecho, el ahora senador socialista Jaime Naranjo reconoció públicamente que cuando se votó la idea de legislar sonbre el tema en la Cámara de Diputados votó en contra por la expresa petición que ese sentido de un obispo.

 

A partir de la entrada en vigencia del citado texto legal, en noviembre próximo, el matrimonio se considerará terminado por cuatro causales:

 

Muerte natural de uno de los cónyuges.

Muerte presunta de uno de los cónyuges.

Sentencia de nulidad.

Sentencia de divorcio.

 

La ley de Matrimonio Civil contempla que los jueces de los Tribunales de la Familia, que comenzarán a operar en julio de 2005, podrán dictaminar que los cónyuges asistan a sesiones con profesionales, sicólogos o consejeros familiares, entre otros; para intentar evitar la ruptura matrimonial, y evitar que el divorcio sea la respuesta ante cualquier dificultad al interior de la pareja.

 

Para solicitar el divorcio, las parejas deberán constatar un año desde el fin de la convivencia, en el caso que exista mutuo acuerdo; mientras que el plazo se extiende a tres años si la solicitud es unilateral.

 

Además, la nueva ley contempla la posibilidad de que las parejas contraigan matrimonio ante una institución religiosa con personalidad jurídica y que este vínculo sea ratificado, dentro de los ocho días siguientes, ante el Registro Civil.

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