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Mauricio Ortega fue declarado culpable de la agresión a Nabila Rifo

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Autor: Cooperativa.cl

El Tribunal Oral de Coyhaique dio a conocer el veredicto del juicio contra la ex pareja de la mujer.

El sujeto fue condenado en calidad de autor de los delitos de femicidio frustrado, lesiones graves gravísimas y violación violenta de morada.

Mauricio Ortega fue declarado culpable de la agresión a Nabila Rifo
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Nabila Rifo fue golpeada con bloques de concreto en la cabeza y posteriormente, en plena vía pública, le arrancaron los ojos.

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El Tribunal Oral en lo Penal de Coyhaique dio a conocer esta tarde el veredicto del juicio por la brutal agresión que sufrió Nabila Rifo en mayo de 2016, donde su ex pareja, Mauricio Ortega, fue el único imputado.

La Corte informó que, por votación de mayoría –es decir, no unánime- Ortega fue declarado culpable, en calidad de autor, del delito de femicidio frustrado.  Ortega sí fue condenado de forma unánime por el delito de lesiones graves gravísimas, todo esto en relación con los hechos de la madrugada del 14 de mayo.

Mauricio Ortega también fue juzgado por otro episodio ocurrido el 5 de junio de 2015, cuando el sujeto concurrió con un hacha hasta una vivienda en que Nabila se encontraba junto con sus hijos.

Respecto a este hecho, Ortega fue absuelto por el delito de amenazas, pero condenado como autor del delito de violación de morada violenta.

En la lectura del veredicto el tribunal resaltó que la responsabilidad de Ortega fue acreditada en el juicio "más allá de toda duda razonable", y que el relato de Nabila ofreció "coherencia, contexto y detalles" enmarcados en un "historial previo de violencia".

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La responsabilidad de Ortega en el crimen fue acreditada en el juicio "más allá de toda duda razonable", dijo el tribunal. (Foto: Poder Judicial)

"La conducta agresiva, posesiva y despreciativa" de Ortega culminó en el "episodio de violencia extrema", donde la joven fue golpeada con bloques de concreto en la cabeza para luego, estando inconsciente, ser despojada de sus ojos en plena vía pública.

La audiencia de lectura de la sentencia se realizará el martes 2 de mayo a contar de las 16:00 horas.

Jueces divididos

El juicio oral se extendió por más de un mes y comenzó el pasado 13 de marzo con la declaración, ante el tribunal, del propio Ortega, quien aseguró que "jamás" agredió a la víctima.

Su versión fue desmentida por la propia Nabila, quien el 23 de marzo compareció ante la Corte y relató múltiples episodios de maltratos, principalmente verbales, con las referidas excepciones del 5 de junio de 2015 y el 14 de mayo de 2016.

Ante las reiteradas preguntas de la defensa de Ortega, la joven pareció perder la paciencia y señaló: "¿Qué tiene que ver mi vida sexual con lo que me ha pasado?". También aseveró, respecto al día de la agresión: "Yo vi cuando Mauricio me pegó con las piedras".

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Los jueces estimaron que "el relato de Mauricio Ortega fue poco creíble". (Foto: ATON / Archivo)

El veredicto fue dictado por los jueces Rolando del Río, Pablo Freire y Mario Reyes, quienes se dividieron respecto a la acusación de femicidio frustrado. Fue voto de minoría el presidente del tribunal, Rolando del Río, quien hizo énfasis en las contradicciones de Nabila, quien en un primer momento exculpó a su ex pareja y apuntó a la acción de un supuesto "joven metalero".

"Para condenar se necesita un alto grado de certeza y no sólo presunciones. La víctima incurrió en una insubsanable contradicción. Sostuvo por un tiempo que su pareja era inocente, dando razones de sus dichos, finalmente en el juicio termina culpándolo sin justificar a cabalidad este giro, hecho que ha generado más dudas que certezas", señaló el magistrado.

La lectura del veredicto la hizo el juez Pablo Freire, quien indicó que la alusión al señalado agresor "metalero" se explica por la "dinámica de sometimiento y temor" a la que estaba sometida Nabila, de la que no se había librado en las primeras semanas posteriores al ataque.

El veredicto también indicó que "el relato de Mauricio Ortega fue poco creíble" en el estrado, a la vez que desestimó, por considerar que "no eran 100 por ciento fiables", las declaraciones de los dos menores de edad –un varón y una joven- que testificaron señalando que habían visto al atacante y lo describieron como alto y delgado, características que contrastan con la contextura de Ortega.

Los jueces apuntaron a la distancia y la falta de luminosidad, a la posición desde la que observaron el hecho –donde "no pudieron ver a la víctima", que estaba en el suelo; tampoco reportaron la supuesta agresión sexual- y a que "se contradijeron en las circunstancias de contexto"; por ejemplo, respecto a si habían salido de fiesta y consumido alcohol dicha madrugada de 14 de mayo de 2016.

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