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Ley de acoso sexual callejero no permite detener casos en flagrancia

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Autor: Cooperativa.cl

Fiscalía envió un minuta detallando la normativa y destacó que el acoso no está tipificado como delito.

"La reforma no modificó el Código Procesal Penal respecto a las faltas que dan lugar a una detención, no cabe la aplicación de esa medida cautelar", dice el documento.

Ley de acoso sexual callejero no permite detener casos en flagrancia
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En mayo pasado comenzó a regir la ley de acoso sexual callejero con sanciones y multas.

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El Ministerio Público envió una minuta con las limitaciones que tiene la ley que tipifica como delito el acoso sexual en espacios públicos que, entre ellos, no permite la detención de casos sorprendidos en flagrancia como tampoco permite detener a menores de edad.

El documento destacó que el acoso no está tipificado como delito y advirtieron que los acusados de acoso sexual callejero no se les podrán detener en flagrancia, ya que en la normativa no se contempló. 

"Dado que la reforma no modificó el Código Procesal Penal respecto a las faltas que dan lugar a una detención, no cabe la aplicación de esa medida cautelar. Es por esto que debe examinarse si los hechos cumplen los requisitos establecidos para otras figuras" y se recalcó que los menores de 16 a 18 años no pueden ser perseguidos como autores de este delito, según La Tercera. 

En mayo pasado comenzó a regir la ley de acoso sexual callejero que establece sanciones que van desde los 61 días a los 5 años de presidio, según la gravedad del delito, y multas que van entre las 5 y 30 UTM.

"La ley sanciona las siguientes acciones: actos de carácter verbal (por ejemplo frases, gritos, murmullos, sonidos y los llamados 'piropos') o gestos (tocarse los genitales, muecas faciales, movimientos corporales por los que se simule un comportamiento sexual, entre otros)" y los "acercamientos o persecuciones, actos de exhibicionismo obsceno (por ejemplo exhibición de genitales) y actos de contenido sexual explícito (masturbación u otra acción similar)", detalló la minuta enviada a los fiscales.

Además se sumaron dos nuevos tipos penales, tipificando como delitos las grabaciones de partes íntimas del cuerpo sin el consentimiento de una persona y el abuso sexual por sorpresa.

OCAC: Es muy pronto para afirmar que hay errores

La presidenta del Observatorio contra el Acoso Callejero, María José Guerrero, afirmó que es pronto para afirmar que existen errores y sostuvo que estan preocupadas de la aplicabilidad de la ley. 

"Hemos tenido bastantes problemas en que efectivamente para ir a tomar la denuncia, para poder dar la denuncia Carabineros no la toma, indica que no es delito, le pide más pruebas", dijo. 

Por su parte, la senadora (PPD) Adriana Muñoz indicó que sí existe un "vacío" y agregó que "es importante que porque nosotros intentamos en la ley establecer señales muy fuertes en relación a esta situación del acoso sexual callejero, y por ciento debilita el hecho de que no pueda ocurrir la detención inmediata, efectiva, sino solo una citación a la Fiscalía".

La diputada (RN) Marcela Sabat, por su parte, señaló que "vamos a presentar las próximas modificaciones al Código Procesal Penal y a la ley penal adolescente, para poder cubrir estos vacíos, y para que en el fondo no existan estos casos que se dan de no poder detener en caso de flagrancia y no poder hacerlo tampoco a menores a 18 años". 

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