Corte Suprema falló contra PDI por impedir ingreso de ciudadanos haitianos

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Autor: Cooperativa.cl

El máximo tribunal consideró "ilegal y arbitrario" que se exigiera a 62 extranjeros acreditar vínculos familiares y poseer dinero suficiente para su permanencia.

Corte Suprema falló contra PDI por impedir ingreso de ciudadanos haitianos
 ATON (Referencial)

Los extranjeros afectados llegaron a Chile en un avión de LAW y fueron expulsados tras permanecer varios días en el aeropuerto Arturo Merino Benítez.

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La Corte Suprema acogió un recurso de amparo presentado por Movimiento Acción Migrante en representación de 62 ciudadanos haitianos a quienes se les impidió ingresar a Chile el pasado 2 de marzo.

Los extranjeros arribaron a nuestro país en el vuelo N° 705 de la aerolínea LAW"fueron expulsados tras permanecer varios días en el aeropuerto Arturo Merino Benítez", informó el Poder Judicial en su sitio web.

En un fallo dividido la Segunda Sala del máximo tribunal declaró "ilegal y arbitraria" la actuación de la Policía de Investigaciones y estimó que ésta "impidió injustificadamente" el ingreso de los inmigrantes.

La resolución indica que "esgrimir como causal (...) el no acreditar vínculos familiares en Chile, además de ser contradictorio con la calidad de turista que se invocó, no está considerado como presupuesto legal para ello".

Por otro lado, la PDI tampoco fue capaz de precisar "lo que se entiende en el caso concreto por 'dinero insuficiente para su permanencia en Chile'", exigencia que "al no estar definida en la ley, requiere del empleo de un criterio racional, comprensible por individuos extranjeros que no dominan el idioma español".

Que no se repita

Los antecedentes permiten concluir que la prohibición "fue ilegal y arbitraria" y vulneró la "libertad de desplazamiento" de los ciudadanos haitianos, puesto que "no existe justificación alguna que fundamente en derecho la actuación desplegada por la autoridad policial".

En consecuencia, "se dispone que la Policía de Investigaciones de Chile adopte las medidas necesarias para evitar la reiteración de hechos como los denunciados", señala la sentencia (ver archivo adjunto).

Los ciudadanos debieron regresar a Haití, los cuales, mientras permanecieron en el Aeropuerto de Santiago, acusaron malos tratos que fueron confirmados por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH).

"Estas personas haitianas no tuvieron acceso a sus equipajes, por lo tanto, no podían cambiarse de ropa, tenían un acceso limitado al baño. Nosotros creemos que acá hay vulneraciones de varios derechos y, entre otras cosas, del principio de igualdad y no discriminación", indicó el jefe de la unidad judicial del INDH, Rodrigo Bustos.

Recalcó que "esto no ocurre con personas que vienen de otros países y sí está ocurriendo con ciudadanos y ciudadanas haitianas".

Desde el INDH señalaron que esta situación se ha repetido con otro grupo de ciudadanos haitianos, por lo que presentarán en los próximos días un recurso de protección por la vulneración de derechos de personas migrantes.

Jesuitas: En las fronteras abunda la discrecionalidad

En tanto, el director nacional del Servicio Jesuita Migrantes, Pablo Valenzuela, manifestó que es relevante el fallo de la Corte Suprema y que es necesario que la política migratoria tenga un vínculo con los derechos humanos.

"Al contrario como se ha tratado de establecer, en Chile en las fronteras no hay permisividad, sino lo que abunda es la discrecionalidad que afecta a las personas dependiendo del origen del cual vienen a Chile", manifestó Valenzuela.

"Los derechos humanos y la aplicación de los derechos humanos en materia migratoria no es ideología es un deber vinculante para el Estado chileno y todas sus instituciones y organismos", añadió.

El secretario ejecutivo del Movimiento Acción Migrante, Eduardo Cardoza, dijo que el fenómeno migratorio no puede resolverse con medidas ni acciones como las de la PDI.

"Acá parece que no se quiere entender que el fenómeno migratorio es un fenómeno social global y que este fenómeno no se resuelve con medidas represivas, sino que se resuelve, por un lado informando que los países de orígenes con la situación de los mercados laborales y por otro lado, garantizando la libre movilidad de las personas", dijo Cardoza.

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