Corte rechazó otorgar libertad a imputado por atentados a Landerretche y De Grange

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Autor: Cooperativa.cl

El tribunal de alzada de San Miguel desestimó que se hayan afectado los derechos del acusado y que la resolución de prisión preventiva sea ilegal.

De esta forma, Camilo Gajardo deberá permanecer en prisión.

Corte rechazó otorgar libertad a imputado por atentados a Landerretche y De Grange
 ATON (Archivo)

De esta forma, Camilo Gajardo deberá seguir en prisión preventiva por el tiempo que dure la investigación.

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La Corte de Apelaciones de San Miguel rechazó este miércoles el recurso de amparo presentado por la defensa del imputado por seis atentados ocurridos entre 2017 y 2019, entre ellos contra Óscar Landerretche y Louis De Grange, y quien permanece en prisión preventiva desde el 9 de agosto. 

La defensora penal pública Alejandra Rubio había exigido la liberación de Camilo Gajardo argumentando que el Ministerio Público y las policías incurrieron en acciones que vulneraron los derechos y la legítima defensa de su representado.

En este marco, la abogada además impugnó la legalidad de la resolución que estableció la prisión preventiva, lo que también fue rechazado por el tribunal. 

"Teniendo presente que contrariamente a lo aseverado por la recurrente, de acuerdo a la normativa que regula la materia, no es posible avizorar los vicios o defectos denunciados y menos aún la infracción a alguna norma constitucional, desde que ciertamente el amparado concurrió debidamente asistido por su defensa letrada a la audiencia de control de detención, formalización e imposición de la medida cautelar de prisión preventiva, lo que desvanece las alegaciones relativas a la afectación del derecho a defensa y por ende al debido proceso", reza la resolución de los magistrados de la tercera sala. 

Asimismo, los jueces del tribunal de alzada sostuvieron que "en cuanto a la supuesta ilegalidad de la resolución que dispuso la prisión preventiva del amparado, justificada en el resultado de diligencias de investigación realizadas con vulneración al debido proceso, tal como se ha señalado en lo que precede, no apareciendo del mérito de los antecedentes allegados atisbo alguno de infracción al debido proceso, menos aún al derecho a defensa, que como ha quedado asentado, ha sido ejercido a través de la Defensoría Penal Pública, en la forma que ésta ha estimado conducente a los derechos e intereses del incriminado, y tampoco a la no auto incriminación, sustentada en la toma de la muestra biológica, pues como se ha indicado, ella fue previa y debidamente autorizada por el amparado".

De esta forma, Camilo Gajardo deberá seguir en prisión por el tiempo que dure la investigación. 

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