Antofagasta: Reclamación por Rutas del Loa quedó en acuerdo

Publicado:
| Periodista Digital:Dayane Márquez Calle, Cooperativa

La Municipalidad de Sierra Gorda busca revertir la decisión de la superintendencia de no someter el proyecto vial al Sistema de Evaluación Ambiental.

Antofagasta: Reclamación por Rutas del Loa quedó en acuerdo
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La causa se basa en tres controversias, la tipología de la autopista, sitios históricos y la alteración en la forma de vida y costumbres de los habitantes de la comuna.

 

Llévatelo:

Por videoconferencia, el Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta escuchó los alegatos de reclamación de la Municipalidad de Sierra Gorda y la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), por el proyecto Rutas del Loa de la empresa Intervial S.A, causa que quedó en acuerdo.

Con esta instancia la municipalidad busca revertir la decisión de la superintendencia de no someter el proyecto vial al Sistema de Evaluación Ambiental, causa basada en tres controversias, la tipología de la autopista, sitios históricos y la alteración en la forma de vida y costumbres de los habitantes de la comuna.

El primero en intervenir fue el abogado de la parte reclamante -la municipalidad de Sierra Gorda- Emilio Sarmiento, quien aseguró que la superintendencia mantiene el argumento, erróneo ya que sostiene que el proyecto no implica la construcción de una autopista.

"Considera dos pistas unidireccionales por calzadas separadas por una mediana, diseñadas para una velocidad de 120 kilómetros por hora, la que está autorizada sólo para autopistas; además de la construcción de áreas de servicios, plazas de peaje y edificio concesionario, cuestión que obedece a una autopista" señaló.

Al respecto el abogado de la parte reclamada, Benjamín Muhr, este aseguró que "no se verifican los requisitos que están establecidos en el Reglamento del SEIA y que deben concurrir" para la categorización de autopista, agreagndo que por la lejanía y por ser una ruta preexistente no habría afectación.

Otro punto en cuestión tiene relación con los sitios históricos, el abogado de la parte reclamante argumentó que "no fue considerado ni en la fase de construcción, ni de operación el Plan Regulador de la comuna que establece como áreas especiales que deben ser preservarse y restaurase las oficinas Chacabuco, Pampa Unión, Estación Chela y Oficina Lina".

El abogado de la SMA reconoció que el proyecto considera su paso por áreas de protección oficial, agregando que "hay pronunciamientos administrativos que dejan claro que no basta con que un proyecto se encuentre dentro de estas áreas para que sea necesario que ingrese al SEIA sino que se tiene que hacer un análisis respecto a cuáles son las áreas de protección específico, cuál es el proyecto y de si existe alguna posibilidad de que impacte estas zonas protegidas".

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La reunión se llevó a cabo a través de videoconferencia.

Posteriormente, los abogados fundamentaron la tercera controversia, que apunta al reasentamiento de la población y la alteración al sistema de vida y costumbres, para el municipio, el bypass de la ruta afectaría a la comunidad de Sierra Gorda ya que no consideró una evaluación del impacto socioeconómico, ya que considera un bypass que afectaría especialmente al comercio al paso, como ocurrió en Baquedano.

Finalmente la SMA señaló que la denuncia carece de fundamento porque existen otras instancias para efectuar reconsideraciones de un acto emitido por el SEA.

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