Magallanes tiene 158 mil 628 personas habilitadas para votar en el plebiscito

Publicado:
Autor: Cooperativa.cl

El padrón de la Región aumentó en 486 electores respecto al proceso eleccionario anterior, de 2017.

Las comunas de Punta Arenas y Puerto Natales registran un alza, mientras que las nueve comunas restantes mostraron una baja.

Magallanes tiene 158 mil 628 personas habilitadas para votar en el plebiscito
 Servel

El padrón oficial, a nivel nacional, para el plebiscito de abril asciende a 14.695.259 , de los cuales, Magallanes representa el 1,08%.

Llévatelo:

El Servicio Electoral (Servel) dio a conocer el miércoles, a través de su página web, el padrón electoral definitivo de cada región del país de cara al plebiscito del próximo 26 de abril.

La Región de Magallanes registró un alza de 486 sufragistas en comparación con el padrón oficial de la elección presidencial y parlamentaria del año 2017. En total, hay 158 mil 628 personas habilitadas para votar a favor o en contra de una nueva Constitución.

Una de las curiosidades estadísticas que presenta la nueva nómina oficial es que la cifra de votantes disminuyó en nueve de las 11 comunas que integran la XII Región. El aumento de personas habilitadas para votar en abril se distribuye entre las dos comunas más pobladas: Punta Arenas, con 121 mil 915 personas habilitadas y Puerto Natales, con 22 mil 181 votantes habilitados.

Asimismo, están disponibles en la página del Servel los datos electorales de cada votante habilitado, tales como: domicilio electoral, circunscripción, número de mesa en que deberá sufragar, entre otros detalles a tener presentes el 26 de abril.

Qué votar

En dicha jornada, quienes concurran a los locales recibirán dos papeletas: la primera tendrá la pregunta: "¿Quiere usted una Nueva Constitución?", y abajo aparecerán las dos opciones a elegir: "Apruebo" o "Rechazo".

La segunda cédula o papeleta dirá: "¿Qué tipo de órgano debiera redactar la Nueva Constitución?". Y más abajo, las opciones "Convención Mixta Constitucional", "Convención Constitucional".

Además,  en esta segunda papeleta, junto a la opción a elegir, se incorporará una descripción de lo que significa cada una, para evitar cualquier tipo de confusión.

Convención Mixta Constitucional: "Integrada en partes iguales por miembros elegidos popularmente y parlamentarios o parlamentarias en ejercicio".

Convención Constitucional: "Integrada exclusivamente por miembros elegidos popularmente".

LEER ARTICULO COMPLETO

Suscríbete a nuestro newsletter