Abogada por inaplicabilidad de Ley Pascua: "Las costumbres no pueden justificar la violencia estructural"

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Autor: Cooperativa.cl

Por primera vez se dictó sentencia contra un hombre que violó a una mujer en Rapa Nui sin la aplicación de la normativa que aminora la pena y la forma de cumplirla.

La penalista Fabiola Girao valoró la decisión del TC y enfatizó en que se debe avanzar en que los jueces apliquen la norma basándose en tratados internacionales.

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"Es importante reconocer que toda forma de violencia contra la mujer debe ser expurgada del ordenamiento jurídico, de lo contrario estaríamos profundizando en la injusticia y desigualdad", dijo la abogada penalista Fabiola Girao respecto del fallo en el que no se aplicó la Ley Pascua en una sentencia de violación ocurrida en Rapa Nui.

Se trata de la primera sentencia en delitos sexuales donde no se aplica la normativa vigente desde la década del 60 que rige solo para dicho territorio insular y que significa que hombres condenados por violación arriesgan penas menores que en el continente, pudiendo ser cumplidas en libertad.

La jurista, docente de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso y de la Universidad de Valparaíso, donde es profesora de la Clínica Jurídica y de Derechos Humanos, indicó que la Ley Pascua en estos casos es inconstitucional e inaplicable, mostrándose de acuerdo con lo resuelto por el Tribunal Constitucional (TC).

La abogada valoró que el TC resolviera la inaplicabilidad de dicha legislación, considerando tratados internacionales suscritos por Chile que protegen a la mujer, como Belem do Pará y Cedaw, los que –al igual que cualquier tratado internacional- queda por sobre la legislación del país.

"La Convención 169 de la OIT –también suscrita por Chile- no respalda una costumbre que significa operar violencia contra otras personas y que a la vez sea una costumbre que al ser aplicada se violen otras leyes. Me parece que el argumento (de la defensa) del punto de vista jurídico es más bien falso, eso de que habría una supuesta colisión entre tratados internacionales. Las costumbres no pueden colisionar con la Constitución y a la vez no pueden justificar una violencia estructural contra la que nosotras nos hemos dedicado a luchar", dijo Girao.

Violencia institucional y patriarcal

"Nosotras y nuestros compañeros hombres que entienden la igualdad material, hemos luchado contra leyes discriminatorias, cuando por ejemplo una violación era justificada por la familia de la víctima con un matrimonio. Ya pasamos por una historia de superación de normas que por un lado justificaban la fuerza de esa violencia institucional y patriarcal", dijo la profesional.

Girao señaló que la Ley Pascua "es discriminatoria" y menoscaba tanto a hombres como a mujeres.

"Para una mujer pascuense es una realidad realmente violenta porque el dolor sicológico y físico cualquier mujer, de cualquier etnia, lo siente igual. En este caso se expone a una mujer que no está inserta en la cultura porque es chocante pensar que la respuesta judicial va a ser completamente desproporcional con la gravedad del delito que se cometió. Genera una desigualdad entre hombres de Isla de Pascua y hombres del contienen y también entre las mujeres, pero en desmedro de las mujeres del continente que se sentirían inseguras de visitar la Isla", señaló la académica.

Agregó que "es comprensible que los pascuenses no compartan nuestra visión carcelaria, pero no es comprensible que una cultura respalde la violencia contra las mujeres".

En ese sentido, sostuvo la penalista que "la legislación tiene que tener una interpretación progresiva" y que "debemos de avanzar en relación con que cualquier juez debería poder aplicar directamente la normativa de acuerdo con los tratados internacionales porque si no es así, estaría violando lo que la Corte Interamericana de Derecho Humanos dispuso".

Derecho internacional

"Otra realidad del derecho internacional es que hay varios movimientos de culturas distintas, pero los derechos fundamentales de las personas deben ser respetados más allá de las costumbres culturales porque el dolor y la humillación lo sentimos todos. Por eso no podemos permitir que la tortura o la esclavitud sea permitida en una legislación".

"Un ejemplo es la relación con el clítoris en África, es una violencia brutal contra las mujeres y hay todo un movimiento planetario para que eso sea abolido y efectivamente ha desaparecido de algunas legislaciones internas", puntualizó la jurista.

 

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