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Aborto: Colegio de Matronas dice a la UC que la "ley es para que todos la cumplan"

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Autor: Cooperativa.cl

La Corte de Apelaciones declaró admisible el recurso de protección de la U. Católica por reglamento sobre la objeción de conciencia.

El protocolo establece que las instituciones que la invoquen deben declarar que no tienen convenios adscritos al SNSS.

Aborto: Colegio de Matronas dice a la UC que la
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A juicio de la PUC, este aspecto "atenta contra los derechos constitucionales y constituyen un acto ilegal y arbitrario".

Llévatelo:

Los colegios de Matronas y Médicos de Chile siguen los cuestionamientos a la Universidad Católica luego de que la Corte de Apelaciones de Santiago admitiera la acción judicial contra el Ministerio de Salud que busca declarar ilegal el protocolo de objeción de conciencia en la ley que despenaliza el aborto en tres causales.

El protocolo del Minsal  establece que las instituciones que invoquen la objeción de conciencia deben declarar que no tienen convenios vigentes en virtud de los cuales se adscriban al Sistema Nacional de Servicios de Salud (SNSS), con objeto total o parcial para prestaciones del área de obstetricia y ginecología.

A juicio de la Universidad Católica, este aspecto "atenta contra los derechos constitucionales y constituyen un acto ilegal y arbitrario".

Al respecto, la presidenta del Colegio de Matronas, Anita Román, afirmó que las leyes son "para que todas las cumplan: Ellos (en la UC) están pidiendo una excepcionalidad a la ley. No saben que la ley la tienen que cumplir todo el mundo, (sean) públicos o privados".

"La ley establece la posibilidad de ser objetores, y lo que dice el reglamento es que esto puede ser objetora y avisar, pero la UC no se ha declarado objetora. Ese paso debió haberlo dado antes. Cuando se hacen convenios público, ellos lo están haciendo para que efectivamente las leyes protejan desde el mundo privado a las personas", añadió.

Colegio Médico: "La objeción tiene limitaciones"

En tanto, la presidenta del Colegio Médico, Izkia Siches, reiteró que "la objeción tanto personal como institucional tiene limitaciones, porque tiene excepciones ante la ley, y entre esas excepciones está que jamás puede limitar el acceso a las mujeres, y justamente, en la objeción institucionalidad -algo en lo que nosotros estamos de acuerdo- es que las instituciones públicas no pueden ser objetoras de conciencia".

"La UC es una entidad privada, pero mantiene algunos convenios con el Estado en donde ellos se hacen cargo de centros de prestación que funcionan como si fueran públicas. Entonces, ellos -son entre comillas- públicos, bajo esos convenios", remarcó.

"Entiendo que ellos quieran ser objetores, pero hay que encontrar cómo resolver estas limitantes", acotó la dirigenta. 

El Minsal emitió un comunicado indicando que, según la ley que regula la despenalización de la interrupción en tres causales, no se ve afectada por la interrupción del recurso por parte de la UC. Es más, aclara que si la institución desea ser objetora de conciencia, basta con no renovar o desvincularse con los convenios del Servicio de Salud Metropolitano.

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