Corte Suprema ordenó a colegio renovar matrícula de alumno con trastorno del espectro autista

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Autor: Cooperativa.cl

En fallo unánime, el máximo tribunal estableció un actuar arbitrario, ilegal y vulneratorio de la Scuola Italiana Guiseppe Verdi de Copiapó.

El establecimiento "afectó gravemente la garantía de igualdad del niño", indica la resolución.

Corte Suprema ordenó a colegio renovar matrícula de alumno con trastorno del espectro autista
 ATON (Archivo) / Referencial
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La Corte Suprema acogió un recurso de protección y ordenó a la Scuola Italiana Guiseppe Verdi de la ciudad nortina de Copiapó la "inmediata renovación de la matrícula" de un alumno de pre-kinder con trastorno del espectro autista (TEA).

La Tercera Sala del máximo tribunal, en fallo unánime, estableció el actuar arbitrario, ilegal y vulneratorio del establecimiento educacional al no renovar la matrícula del educando, argumentando que el centro no cuenta con programas de atención de niños con necesidades especiales.

"Se evidencia en primer lugar la ilegalidad en el actuar de la recurrida, puesto que si bien ésta, al articular su defensa, pretende revestir a la decisión adoptada como una medida dirigida a resguardar el bienestar del niño, lo cierto es que lo reprochado (...) contradice abiertamente el primer principio valórico del proyecto educativo, esto es el respeto y aceptación del ser humano en su diversidad, y que acarreará perniciosas consecuencias para éste al apartarlo del espacio humano y físico que conoce e impactando negativamente en su desarrollo, autoestima y seguridad, que son aspectos particularmente sensibles dada su condición de salud", indica la resolución. 

El fallo agrega que de este modo, a juicio de la Suprema, el establecimiento recurrido "afectó gravemente la garantía de igualdad del niño, respecto de otros estudiantes del nivel preescolar".

Por tanto, la Corte resolvió acoger en todas sus partes el recurso de protección deducido en representación del menor de edad C.A.P.G. en contra de la Scuola Italiana Giuseppe Verdi, ordenando "la inmediata renovación de matrícula para el año 2020 del referido alumno".

Vea texto íntegro de la sentencia Rol Nº21.087-2020

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