El Comité Olímpico Internacional aseguró que no excluyó a deportistas transgénero de los Juegos Olímpicos, pero determinó que, si logran clasificarse por mérito deportivo, deberán competir en la categoría correspondiente a su sexo biológico.
La decisión fue adoptada el 26 de marzo y estableció que solo las mujeres biológicas podrán participar en pruebas femeninas a partir de Los Angeles 2028. La medida no tiene carácter retroactivo y no afectó resultados anteriores.
El organismo que preside la exnadadora zimbabuense Kirsty Coventry sostuvo que "no se excluye a las personas transgénero", pero indicó que los varones biológicos que clasifiquen solo podrán competir en la categoría masculina.
Para determinar la elegibilidad en la categoría femenina, el COI exigió una prueba de detección del gen SRY, presente en hombres biológicos. El test, que se realiza una sola vez en la vida mediante un procedimiento no invasivo, permitirá competir en pruebas femeninas a quienes obtengan resultado negativo.
El COI explicó que la prueba tiene una precisión superior al 99 por ciento y la calificó como un requisito de elegibilidad "excepcionalmente riguroso". También contempló excepciones en casos de trastornos genéticos de muy baja prevalencia, como el síndrome de insensibilidad androgénica.
El organismo señaló que las federaciones internacionales podrán solicitar excepciones si demuestran que una disciplina no depende de la fuerza ni afecta la equidad deportiva, como ocurre en la hípica.
En caso de que una deportista se niegue a realizar el test, no podrá competir en la categoría femenina desde los próximos Juegos Olímpicos si no acredita su elegibilidad. El COI indicó que la prueba podrá realizarse en países donde sea legal.
Respecto a resultados anteriores, el COI afirmó que todos los participantes en el boxeo de París 2024, incluido el caso de la argelina Imane Khelif, cumplieron las normas vigentes en ese momento, por lo que no se modificaron medallas ni clasificaciones.