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Absuelven a mujer que ocasionó muerte de su hija: Tribunal consideró "pena natural"

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Autor: Cooperativa.cl

Ivania falleció en un accidente de tránsito ocurrido la madrugada del 5 de julio de 2015.

Jueces establecieron que esto "constituyó una sanción incluso más gravosa" que el castigo judicial.

Absuelven a mujer que ocasionó muerte de su hija: Tribunal consideró
 Archivo (Referencial)

En este caso, el Ministerio Público solicitaba una pena de 10 años y un día para la mujer.

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El Tribunal Oral en lo Penal de Arica absolvió a una mujer que fue responsable del accidente de tránsito en que murió su hija en 2015, al considerar que esto "constituyó una sanción incluso más gravosa" que el castigo judicial que se le podría haber impuesto.

El hecho ocurrió el 5 de julio de 2015, cerca de las 05:00 de la madrugada, mientras se dirigían hacia la playa Las Machas, luego que la madre acudiera a buscar a su hija a una discoteca e impactara el vehículo que conducía contra un camión.

De acuerdo a lo informado este jueves por La Tercera, Ivania, la hija, falleció nueve días después del accidente y los peritajes posteriores demostraron la responsabilidad de la madre, quien arrojó 1,58 gramos de alcohol por litro de sangre.

En su declaración judicial, la mujer reconoció que había bebido alcohol en el marco de un asado familiar por la final de la Copa América de fútbol en que Chile derrotó a Argentina y que se fue a dormir, momento en que recibió el llamado de su hija quien le pidió que la fuera a buscar.

El dictamen del tribunal establece que "en la especie existió una pena natural, en tanto aquella dio muerte a su hija en una circunstancia culposa. El tribunal no puede soslayar que, efectivamente, como consecuencia del hecho punible, aquella experimentó la muerte de su hija, circunstancia que le ha significado un padecimiento constante".

La resolución dictamina que la muerte de su hija "constituye una sanción incluso más gravosa que aquella, pues sus efectos se extienden en el tiempo, siendo en la mayoría de los casos perpetuas, debido a las recriminaciones endógenas y exógenas, no sólo de parte de la familia de aquel, sino también sociales y jurídicas, al proseguirse en su caso la acción penal".

El defensor penal público de Cinthia Rojas, Camilo Valle, explicó al matutino que "la pena natural se fundamenta en casos sumamente excepcionales, en los que la persona se ve tan afectada que ya el Estado no tiene necesidad de seguir su persecución. La naturaleza ya condenó y la persona vive esa pena, y en ese sentido, ya se hizo justicia".

En este caso, de similar desenlace al de Víctor Fuentes, quien olvidó a su pequeño hijo por ocho horas al interior de su automóvil en la comuna de Ñuñoa, lo que le provocó la muerte, el Ministerio Público solicitaba una pena de 10 años y un día para la mujer.

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