Suprema advirtió serios vacíos y confusiones conceptuales en proyecto sobre denuncias falsas
La iniciativa legal, impulsada por senadores de derecha, busca sancionar el uso instrumental de acusaciones mendaces.
La iniciativa legal, impulsada por senadores de derecha, busca sancionar el uso instrumental de acusaciones mendaces.
El tribunal pleno de la Corte Suprema analizó el contenido del proyecto de ley que "Establece sanciones en el caso de acusaciones, denuncias o querellas falsas y regula el procedimiento para su aplicación", impulsado por un grupo de senadores de derecha.
Tras la deliberación, el informe técnico con los reparos del máximo tribunal fue remitido formalmente a la presidencia del Senado para su consideración en el debate legislativo.
En el documento se detalla que la iniciativa, tramitada bajo el Boletín N.º 18.239-36, "tiene por objetivo enfrentar el uso instrumental de denuncias falsas en el contexto de conflictos familiares judicializados".
Para abordar este problema, el pleno de ministros concentró su atención en el diseño legal de la propuesta, explicando que, "de acuerdo con lo dispuesto por los incisos segundo y tercero del artículo 77 de la Constitución Política de la República, se ha concentrado la atención particularmente en el artículo 3 de la propuesta, que crea un procedimiento especial para la declaración de falsedad de una acusación, denuncia o querella, administrativa o penal".
Uno de los puntos más complejos detectados por la Corte Suprema radica en la estructura procesal elegida por los parlamentarios para tramitar estas causas.
"Del análisis de la normativa propuesta, se concluye que la elección por un procedimiento de tipo monitorio no pareciera ser adecuado, pues no se ajusta a los supuestos para los que ha sido diseñado", releva el informe, añadiendo además que "convendría, además, aclarar la contradicción de propósito que se aprecia en la descripción del legitimado activo".
Asimismo, el oficio de respuesta enviado al Congreso consigna que la propuesta carece de un marco regulatorio sólido para resolver dudas operativas durante los juicios.
"A nivel de procedimiento, el proyecto no establece de manera explícita una norma supletoria general de procedimiento que solucione los problemas de aplicación. Además, presenta vacíos importantes al no exigir requisitos mínimos para el requerimiento inicial ni contemplar una clara regla de legitimidad pasiva", advierte el texto.
En ese sentido, el máximo tribunal sugirió que "sería conveniente precisar de mejor manera al legitimado pasivo de la acción y compatibilizar este aspecto con otras regulaciones de nuestro ordenamiento jurídico que imponen la obligación de denunciar hechos que podrían ser constitutivos de delito", alertando además que el texto presenta omisiones graves de fondo, ya que "respecto de la condena que debe dictar el tribunal, el proyecto omite el monto o rango de la multa aplicar".
Finalmente, los ministros de la Corte Suprema manifestaron su preocupación por la falta de rigor técnico en materia de evidencias y plazos judiciales dentro del articulado.
"Adicionalmente, el proyecto exhibe una confusión conceptual respecto al estándar probatorio que propone, ya que pareciera confundirlo con la definición de los hechos que se deben probar (que la imputación se hizo con conocimiento de su falsedad o negligencia manifiesta) y con los medios probatorios para hacerlo (presunciones fundadas)", sostiene el dictamen.
A ello se suma que la iniciativa "no contempla ninguna regulación probatoria sobre cómo se deberá acreditar la existencia y el avalúo del daño que se pretende reparar" y que, "finalmente, a nivel de coherencia interna, se constata una incompatibilidad en el propio texto del artículo tercero respecto a la oportunidad para dictar sentencia".
El mentado proyecto de ley es impulsado por las senadoras Vanessa Kaiser (Partido Nacional Libertario), Andrea Balladares (Renovación Nacional) y María José Gatica (RN), junto a los senadores Manuel José Ossandón (RN) y Enrique Van Rysselberghe (UDI).