La Corte de Apelaciones de Iquique rechazó una apelación de la empresa RVC Inmobiliaria SpA contra la sentencia que la condenó a pagar una indemnización a una clienta que resultó con lesiones graves tras caer mientras visitaba departamentos en venta.
La sanción, por concepto de daño emergente y daño moral, da cuenta del accidente sufrido por la mujer al resbalar en un pasillo, el que estaba mojado al momento del hecho, y asciende a 5.735.438 pesos.
En forma unánime, los ministros Pedro Güiza y Andrés Provoste, y el fiscal judicial Francisco Berríos confirmaron la el fallo del Tercer Juzgado de Policía Local de Iquique, pero "con declaración que se rebaja prudencialmente el monto de la multa a beneficio fiscal de 300 a 20 UTM", es decir unos 1,4 millones de pesos.
De acuerdo a la sentencia de primera instancia, se estableció que "al haberse acreditado que la caída de la actora tuvo su causa en un hecho imputable a la querellada y demandada civil, como el hecho de encontrarse mojado el piso de uno de los pasillos del Edificio Lynch, sin las medidas de seguridad correspondientes, se debe, necesariamente concluir, acorde a las reglas de la lógica y las máximas de la experiencia, necesariamente que se incumplieron las obligaciones impuestas en los artículos 12 y 23 de la ley del ramo, que impone el deber de cuidar la seguridad en la venta de un bien o prestación de un servicio, razón por la cual concierne castigar a la querellada por dicha negligencia".