Senado aprobó proyecto que habilita proceso constituyente

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Autor: Cooperativa.cl

Con ello se dio el visto bueno al plebiscito del próximo 26 de abril.

Se rechazó paridad de género, facilidades para independientes y cuotas para pueblos indígenas, pero estas siguen siendo tramitadas en la Cámara Baja.

Senado aprobó proyecto que habilita proceso constituyente
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La iniciativa fue despachada por el Congreso.

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Por 38 votos a favor y tres en contra, el Senado aprobó el proyecto que habilita el proceso constituyente que comenzará en abril próximo con el denominado Plebiscito de entrada.

El proyecto de reforma constitucional modifica el Capítulo XV de la Constitución para habilitar el histórico proceso.

Sin embargo, por 23 votos a favor y 14 en contra, fueron rechazadas por falta de quórum las indicaciones sobre paridad de género, facilidades para la representación de independientes y cuotas para los pueblos indígenas en la conformación de una eventual Convención Constituyente -que fueron repuestas en la Comisión de Constitución del Senado tras ser rechazadas en la Sala de la Cámara Baja-.

Pese a ello, estas iniciativas siguen su trámite en la Cámara de Diputados mediante proyectos de RN y este jueves se discuten en Sala en sesión extraordinaria.

El plebiscito que se realizará el 26 de abril de 2020 consultará "¿Quiere usted una nueva constitución?", cuyas alternativas de respuesta son: "Apruebo" o "Rechazo".

Una segunda pregunta consulta sobre qué órgano debería redactarla, si una Convención Mixta Constitucional (integrada en parte iguales por miembros elegidos popularmente y parlamentarios o parlamentarias en ejercicio) o una Convención Constitucional (integrada exclusivamente por miembros elegidos popularmente).

Si gana la opción de Nueva Constitución, el Presidente de la República deberá convocar dentro de los cinco días siguientes a la elección de las y los convencionales constituyentes, cuya elección se realizará el mismo día de la votación de alcaldes, concejales y gobernadores regionales.

La reforma establece que la Convención Mixta Constitucional estará integrada por 172 miembros, de los cuales 86 corresponderán a ciudadanos electos y 86 a parlamentarios; mientras que la Convención Constitucional será integrada por 155 ciudadanos electos para este efecto.

La Convención deberá aprobar las normas y el reglamento de votación de las mismas por un quórum de dos tercios de sus miembros en ejercicios.

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