Corte ordena retirar foco y cámara que apuntaban al dormitorio de una vecina
El tribunal señaló que los sistemas de iluminación y vigilancia no pueden instalarse de manera que afecte los derechos de quienes viven en propiedades colindantes.
El tribunal señaló que los sistemas de iluminación y vigilancia no pueden instalarse de manera que afecte los derechos de quienes viven en propiedades colindantes.
La Corte de Apelaciones de Valparaíso ordenó a una mujer retirar o reorientar un foco de alta potencia y una cámara de seguridad que apuntaban hacia la vivienda de su vecina y afectaban su privacidad.
El conflicto surgió luego de que la afectada denunciara que la luz llegaba hasta la ventana de su dormitorio, dificultando su descanso, mientras que la cámara estaba dirigida hacia el mismo sector y podía captar imágenes de su propiedad.
La Cuarta Sala de la Corte acogió de manera unánime el recurso de protección presentado por la mujer y determinó que ambos dispositivos debían ser retirados o modificados para evitar que iluminen o registren imágenes del inmueble vecino.
El tribunal señaló que instalar sistemas de iluminación y vigilancia para proteger una vivienda es una facultad legítima, pero precisó que esta no puede ejercerse de una manera que afecte los derechos de quienes viven en propiedades colindantes.
En este caso, la Corte consideró que la luz proyectada hacia el dormitorio y la orientación de la cámara podían interferir en el descanso y la vida privada de la vecina, por lo que mantenerlos en esas condiciones constituía una perturbación arbitraria de sus garantías constitucionales.
La resolución aclaró que la propietaria sí puede mantener sistemas de seguridad en su casa, siempre que estos sean instalados y utilizados sin invadir los espacios privados de la vivienda contigua.
Por ello, además de retirar o reorientar los dispositivos, deberá abstenerse de utilizarlos de una forma que pueda afectar la integridad física o psíquica de la vecina o su derecho a la vida privada.