Presidente Lagos promulgó la nueva ley de Isapre
El Mandatario afirmó que con la legislación, que tuvo una difícil tramitación, los chilenos podrán acceder a una salud más justa y más equitativa.
El Mandatario afirmó que con la legislación, que tuvo una difícil tramitación, los chilenos podrán acceder a una salud más justa y más equitativa.
En compañía del ministro de Salud, Pedro García, el Presidente de la República, Ricardo Lagos, promulgó este martes la nueva ley sobre de Instituciones de Salud Previsional (Isapre), con la que se concreta la reforma al sistema de salud que se propuso al inicio de su Gobierno.
Lagos, quien recordó que la tramitación parlamentaria del texto legal fue una tarea difícil, destacó que ahora los chilenos pueden contar con una atención más justa y efectivamente al alcance de todos.
La ley busca garantizar la igualdad de oportunidades en materia de salud, así como asegurar una atención de calidad.
Entre los beneficios que estipula la legislación para los beneficiarios de la salud privada están la regulación de las alzas de los planes, la cobertura para cargas de un cotizante fallecido y la creación del fondo de compensación interinstitucional.
La normativa también obliga a las isapre a brindar atención a las enfermedades contempladas en el plan de Acceso Universal con Garantías Explícitas (AUGE).
Respecto del fondo interisapre, el Ministerio de Salud ha explicado que con este instrumento se busca terminar con el alto costo que tiene para una persona afiliarse a una compañía en caso de ser mujer en edad fértil o adultos mayores, entre otros casos.
Asimismo, se limitan los abusos tanto de las isapre como de usuarios de licencias médicas cometen en la actualidad, con el aumento de las multas.
Entre otras características, la nueva ley eliminó la posibilidad que tenían las isapre para caducar unilateralmente un contrato de salud, sin expresar causal.
A partir de ahora, una empresa de salud sólo podrá terminar su relación con un cotizante si éste omite enfermedades preexistentes intencionalmente, no se cancelan las cotizaciones mensuales -en caso de afiliados independientes o voluntarios-, obtención de beneficios en forma indebida u omisión con mala fe de cargas legales.