Corte de Apelaciones negó salida dominical a asesino de Tucapel Jiménez

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Autor: Cooperativa.cl

El tribunal de alzada capitalino rechazó, de manera unánime, un recurso de protección presentado por Francisco Maximiliano Ferrer Lima.

El ex agente de la DINA cumple condena actualmente en Punta Peuco y de su parte "no ha existido arrepentimiento ni colaboración", dice el fallo.

Corte de Apelaciones negó salida dominical a asesino de Tucapel Jiménez
 Memoria Viva

La Corte destacó que Ferrer está involucrado en delitos "especialmente graves, perpetrados en el contexto de violaciones a los derechos humanos".

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La Corte de Apelaciones de Santiago denegó el beneficio de salida dominical al ex agente de la DINA Francisco Maximiliano Ferrer Lima, quien actualmente se encuentra en el penal de Punta Peuco cumpliendo -entre otras- una condena de ocho años por el asesinato del ex presidente de la ANEF Tucapel Jiménez, ocurrido en febrero de 1982.

En un fallo unánime la Sexta Sala del tribunal de alzada rechazó un recurso de protección presentado por Ferrer y descartó que las autoridades penitenciarias hayan actuado con infracción a la ley al negarle la salida dominical.

El fallo (ver archivo adjunto) consigna que la concesión de estos beneficios "es facultad privativa del Jefe de Unidad", para lo cual se debe considerar "la gravedad de la pena asignada al delito" y "el número de delitos que se imputaren".

En este caso se trata de delitos "especialmente graves, perpetrados en el contexto de violaciones a los derechos humanos por agentes del Estado o por personas o conjunto de personas que actuaron con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado".

"En el caso que nos ocupa el organismo técnico ha señalado que de parte del solicitante no ha existido arrepentimiento ni colaboración", advierte el tribunal.

"La circunstancia de que en otras situaciones (...) se haya otorgado el beneficio de la salida dominical no importa una aplicación desigual de la ley, como lo sostiene el impugnante, desde que dicen relación con hechos y situaciones distintas que no son equiparables en la forma que dicha parte pretende", agrega la Corte de Apelaciones, que no advierte "vulneración alguna de las garantías constitucionales invocadas".

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