Abogado de la familia de Kathy Winter pide cambio de fiscal

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Autor: Cooperativa.cl

Hernán Fernández criticó un "prejuzgamiento penal" del fiscal Guerra.

El profesional representó a las víctimas de Colonia Dignidad y además es consejero del INDH.

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La joven se suicidó luego de ser acosada mediantes redes sociales.

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El abogado Hernán Fernández Rojas asumió la representación de la familia de la adolescente Katherine Winter Zamorano en la causa en la que se investiga su muerte ocurrida en mayo de 2018 luego de ser acosada mediante redes sociales.

El profesional, que trabaja ad honorem con la familia de Katy, es consejero del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) y además fue uno de los primeros abogados en Chile que representó a las víctimas del fallecido líder de Colonia Dignidad, Paul Schäfer para enfrentarlo en tribunales.

El jurista solicitó mediante dos escritos el reemplazo del fiscal Álvaro Pérez Galleguillos, quien lleva la causa de la joven, según consignó La Tercera PM.

En el primero, el abogado solicitó al fiscal regional Oriente Metropolitano Manuel Guerra, superior jerárquico de Pérez Galleguillos, que designe a otro persecutor, acusándolo de no realizar una serie de diligencias solicitadas por la familia, incluidas en la querella presentada en febrero pasado.

En paralelo, el otro escrito solicita al fiscal nacional Jorge Abbott trasladar la causa desde la Oriente a otra de las fiscalías de la región, dado que la familia de la adolescente acusa a Guerra de un "prejuzgamiento penal", luego de que este señalara a la prensa pocos días después de la muerte de la joven que "la única posibilidad que nosotros como fiscalía tenemos para intervenir en casos de bullyng es cuando hay golpes y lesiones o una amenaza entre los victimarios y la víctima, pero por si mismas estas conductas no están tipificadas como delito".

Esa declaración del fiscal Guerra es para el abogado un hecho "particularmente serio y grave", dado que "si bien el bullying en sí como concepto, no es un delito, sí lo son las acciones que lo constituyen, entre las cuales no sólo están las amenazas y las que causan lesiones corporales, pues a partir de la ley 21.013 ya citada, también constituyen delito el maltrato corporal relevante (sin que el tipo penal exija lesiones, o afectación orgánica-corporal) y el trato degradante que afecte gravemente la dignidad personal de la víctima".

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