Encarcelamiento de indocumentados no aplica a controles de identidad sin delito flagrante

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Autor: Cooperativa.cl

La Asociación de Fiscales explicó cómo operará la instrucción del jefe del Ministerio Público, Ángel Valencia, para solicitar la prisión preventiva de los extranjeros que sean arrestados por las policías.

Aclaró que la identificación del involucrado puede realizarse durante el control o la ampliación de la detención, y que la petición de la medida cautelar más gravosa necesariamente "requiere la formalización" y la imputación de cargos.

Encarcelamiento de indocumentados no aplica a controles de identidad sin delito flagrante
 ATON (Referencial)

"No existe la prisión preventiva sin formalización; no le podemos imputar un delito a un N.N. Tampoco se trata de tener personas privadas de libertad porque sí o por darnos un gusto", dijo a Cooperativa Francisco Bravo, líder del gremio de los persecutores.

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El presidente de la Asociación Nacional de Fiscales, Francisco Bravo, explicó en Cooperativa cómo operará la medida dictada por el jefe del Ministerio Público, Ángel Valencia, para que los persecutores de todo Chile soliciten la medida cautelar de prisión preventiva contra los detenidos extranjeros que no cuenten con documentos, a fin de tenerlos encarcelados hasta establecer su identidad. 

En conversación con El Diario de Cooperativa, el líder del gremio de los fiscales detalló el procedimiento: en primer lugar, los persecutores deberán "agotar todas las instancias para lograr la identificación" de aquellos extranjeros detenidos "en la comisión de un delito flagrante".

Sobre este último punto, recalcó que "obviamente son personas que son sorprendidas cometiendo delitos", no los extranjeros en general, porque "eso sería absolutamente discriminatorio".

En el caso de un control preventivo de identidad, "eso no significa que esa persona, si no es capaz de establecer su identidad, va a ser detenida; no lo pueden detener porque no hay un delito de por medio", enfatizó Bravo. 

En este primer paso, hay un "compromiso" del Servicio de Registro Civil de que va haber un funcionario dedicado a "establecer la identidad de esas personas o enrolarlas. Si hay personas que no tienen identidad nacional, con un RUN provisorio se le van a tomar las huellas dactilares y se le va a dar una identidad provisoria. Eso se hace, pero eso se demora mucho más hoy día en el sistema", explicó. 

En segundo lugar, si esto no se logra estando el sujeto detenido, se toma la decisión de "pasar a esas personas a las audiencias de control de detención" y, si aun así todavía no se logra establecer la identidad de la persona detenida, se puede ampliar la detención por un plazo hasta de tres días, decisión que finalmente adopta el juez de garantía: si acepta o no dicha extensión.

LA PETICIÓN DE PRISIÓN PREVENTIVA COMO ÚLTIMO PASO

Si aun transcurrida esta ampliación de la detención, todavía no se logra obtener la identificación de la persona, entonces -por la instrucción del fiscal nacional-, se debe "pedir la prisión preventiva respecto de estas personas en que no se ha logrado la identidad, porque se entiende que la obtención de la identidad es un elemento y un requisito básico y esencial para poder hacer una imputación", señaló Bravo. 

El persecutor puntualizó que cualquier petición de medida cautelar, incluida la prisión preventiva, "evidentemente requiere la formalización de la investigación; o sea la formulación de cargos, porque es un requisito. Yo no puedo pedir medidas cautelares si no formalizo la investigación".

"No existe la prisión preventiva sin formalización, eso no está en la ley". Al mismo tiempo, "no le podemos imputar un delito a un N.N.; tenemos que imputarle un delito a una persona con nombre y apellido, y ésa es la importancia de este oficio que ha dado el fiscal nacional", añadió. 

El fiscal Bravo apuntó que "no se trata de tener personas privadas de libertad porque sí o por darnos un gusto. Lejos de eso, de lo que se trata es de actuar de manera rápida, de saber la identidad de una persona, pedir las medidas cautelares que correspondan y apurar el proceso, porque muchas veces esto dificulta también la tardanza en el desarrollo de los procesos" judiciales.

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