Tribunal rechazó prisión preventiva para infante de marina que atropelló y mató a civil post 18-O

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Autor: Cooperativa.cl

No obstante, acogió la recalificación de los hechos, estimándolos constitutivos del delito consumado de homicidio simple.

El imputado, Leonardo Medina, manejaba el camión que arrolló a Manuel Rebolledo (22) en octubre de 2019, en pleno toque de queda.

Tribunal rechazó prisión preventiva para infante de marina que atropelló y mató a civil post 18-O
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Este martes, el Juzgado de Garantía de Talcahuano, en la Región del Biobío, mantuvo sujeto a las medidas cautelares de firma mensual y arraigo nacional al infante de marina Leonardo Medina Camañoimputado por el atropello y muerte de un civil registrado en medio de un operativo en la ciudad puerto en el marco de la ola de protestas y disturbios que se desató en Chile en octubre de 2019.

En la audiencia reformalización de la investigación, la jueza Humilde Silva acogió la recalificación de los hechos formulada por el ente persecutor, estimándolos constitutivos del delito consumado de homicidio simple, en reemplazo de cuasidelito de homicidio.

Zanjada esta situación, la Fiscalía solicitó el cambio de medidas cautelares por la prisión preventiva del infante de marina y, en subsidio, el arresto domiciliario total; no obstante, las peticiones fueron rechazadas por el tribunal, manteniendo a Medina sujeto a firma periódica y a la prohibición de salir del territorio nacional.

"En este caso, se trata de una persona que tiene irreprochable conducta anterior, no hay reiteración de delitos, más allá de la pena que se pueda aplicar por el ilícito formalizado en esta audiencia; y el último elemento que le podría permitir al tribunal acceder a la petición del Ministerio Público y los querellantes sería el peligro de fuga. Tampoco es un antecedente que el tribunal pueda considerar en este minuto, toda vez que el imputado se ha presentado a las actuaciones judiciales está presente en esta audiencia, por lo tanto, eso, unido a su irreprochable conducta anterior, no le permiten al tribunal estimar que hay un peligro de fuga", argumentó la magistrada. 

LOS ANTECEDENTES

Según el Ministerio Público, alrededor de las 18.30 horas del 21 de octubre de 2019, dos días después del comienzo de las manifestaciones, Medina manejaba un camión de la Armada, cumpliendo labores durante del toque de queda decretado en el marco del estado de excepción que, a dicha fecha, regía en la zona.

En dicho cometido, dice la Fiscalía, el uniformado recibió la orden de dirigirse hasta los frigoríficos de la empresa Pacífico, ubicados en la avenida Gran Bretaña, lugar donde se estaban registrando saqueos. Al llegar al sitio, alrededor de las 18.44 horas, observó a un grupo de individuos que salía del recinto en dirección a población Libertad.

Tras seguir a los sujetos, Medina desvió el camión que conducía hacia un sector eriazo, de tierra irregular, ubicado a un costado de la vía frente a la población Libertad, incrementando la velocidad de la pesada máquina, atropellando a la víctima, Manuel Alejandro Rebolledo Navarrete (22 años), quien resbaló y cayó al suelo delante del camión.

Pese a que, según la investigación, Medina intentó a último minuto frenar la marcha, no lo logró, debido a las condiciones del terreno, la velocidad y peso del vehículo.

"El imputado actuó de manera dolosa en la comisión de los hechos que desencadenaron la muerte del señor Rebolledo, al ser éste abatido, arrollado, precisamente, por el camión conducido por el encartado", afirmó el fiscal Julián Muñoz.

Rebolledo, apodado "el Polera", falleció cuando era trasladado al Hospital Las Higueras, debido a un traumatismo craneoencefálico.

En esta causa se encuentra fijada una audiencia de apercibimiento de cierre de la investigación para las 09:30 horas del próximo viernes 2 de julio.

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