Tribunal obligó a operar a un hombre para corregirle la curvatura del pene
El fallo de la Corte Constitucional de Colombia alude a "los derechos fundamentales".
La intervención ha sido negada al afectado, que sufre una leucoplasia.
El fallo de la Corte Constitucional de Colombia alude a "los derechos fundamentales".
La intervención ha sido negada al afectado, que sufre una leucoplasia.
La Corte Constitucional de Colombia ordenó a una empresa de servicios de salud que practique una cirugía correctora de la curvatura del pene a un hombre afectado por esta malformación, y a quien le fue negada la intervención con anterioridad.
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| La Corte Constitucional colombiana zanjó el caso. |
La Sala Primera de Revisión de la Corte Constitucional amparó en el fallo divulgado "los derechos fundamentales a la integración y a la salud", especialmente de la sexual, de un vecino de la ciudad colombiana de Barranquilla, diagnosticado de una leucoplasia del pene, con una curvatura de 46 grados hacia el lado izquierdo.
Su urólogo le recomendó en junio de 2010 que se sometiera a una operación quirúrgica que el paciente solicitó a su cooperativa médica.
Sin embargo, la empresa de salud consideró que este procedimiento no estaba incluido en el Plan Obligatorio de Salud (POS), a pesar de que el demandante alegara que sus erecciones eran "terriblemente dolorosas" y le impedían mantener relaciones sexuales.
El paciente llevó el caso ante un juzgado civil de Barranquilla, que le pidió que certificara que no podía hacer frente a los costos de una operación no incluida en el POS, y al no recibir prueba alguna determinó en una sentencia de septiembre de 2010 que la empresa no tenía obligación de practicar la intervención.