Corte Suprema determinó libertad vigilada para autores del crimen del coronel Huber

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Autor: Cooperativa.cl

Sala Penal condenó a los dos imputados a cinco años de prisión, pero con beneficios.

Además decretó el pago de 300 millones a la familia del asesinado militar.

Corte Suprema determinó libertad vigilada para autores del crimen del coronel Huber
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La Sala Penal de la Corte Suprema estableció la libertad vigilada para los condenados por el homicidio del coronel Gerardo Huber, ocurrido en 1992 en la zona del Cajón del Maipo.

En un fallo dividido, la Segunda Sala condenó a cinco años de prisión, pero con el beneficio carcelario a los dos imputados en el caso, el general (r) del Ejército, Víctor Lizarrága Arias, y al brigadier (r), Manuel Provis Carrasco, ambos como autores de homicidio calificado.

Según el dictamen del tribunal, se desestimó los cargos por el delito de asociación ilícita contra los imputados, como también para Carlos Krumm Rojas, y al coronel (r), Julio Muñoz Bustamante, al considerar que el delito no fue acreditado.

En el ámbito civil, se acogió la demanda en contra del Fisco y los condenados Lizárraga y Provis, determinándose que deben pagar una indemnización solidaria de 300 millones de pesos a la viuda de la víctima, Adriana Polloni, y los hijos del matrimonio.

El caso

El militar desapareció en enero de 1992 y su cadáver apareció el 20 de febrero en el río Maipo, con signos de un impacto de bala en el cráneo.

Según la investigación, Huber fue llevado bajo engaño desde una vivienda en San Alfonso -donde permanecía escondido- hasta en el sector de La Obra del río Maipo, donde francotiradores dispararon a larga distancia un tiro a su cabeza.

En esos momentos, el coronel se preparaba a prestar declaración al juez Hernán Correa de la Cerda por el caso de tráfico de armas a Croacia, ocurrido durante el conflicto de los Balcanes y que involucraba a altos funcionarios del Ejército.

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