Dan salida dominical a coronel (r) condenado por detenidos desaparecidos uruguayos

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Autor: Cooperativa.cl

La Corte de Apelaciones de Santiago dijo que Moisés Retamal Bustos cumple con los requisitos para acceder al beneficio penitenciario.

Consideró "arbitrario" un informe técnico de Gendarmería que se lo denegaba.

Dan salida dominical a coronel (r) condenado por detenidos desaparecidos uruguayos
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Retamal cumple condena en Punta Peuco.

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La 11ª Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de amparo presentado por el coronel en retiro del Ejército Moisés Retamal Bustos, que le permitirá acceder al beneficio de la salida dominical.

El militar está condenado a seis años de cárcel -pena que cumple en Punta Peuco- por el secuestro calificado de tres ciudadanos uruguayos que fueron detenidos en San José de Maipo cuando intentaban huir a Argentina tras el golpe de Estado de 1973.

Se trata de los detenidos desaparecidos Ariel Arcos Latorre, Juan Povaschuk Galeazzo y Enrique Pargadoy Saquieres.

En un fallo dividido, el tribunal de alzada califica como "arbitrario" un informe técnico de Gendarmería que estableció que Retamal no tenía conciencia del delito ni del daño causado, y señaló que sí cumple con las exigencias de la ley.

"Recién cumple condena hace dos años"

La decisión fue criticada por la presidenta de la Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos, Lorena Pizarro, quien recordó que Moisés Retamal "recién entró a cumplir condena hace dos años".

"El mismo Poder Judicial que hoy día lo libera tardó tantos años en enjuiciarlo por el secuestro y desaparición de tres personas, y por arrebatarle la vida a tres personas a él le dan seis años de cárcel", criticó Pizarro.

La activista agregó que "el argumento que entregó Gendarmería (para rechazar los beneficios) es muy contundente" en el sentido de señalar que "estos sujetos no sólo cometieron crímenes de lesa humanidad, sino que estarían dispuestos a volver a cometerlos, porque creen de verdad que son salvadores de la patria".

Los querellantes pueden recurrir a la Corte Suprema para impugnar la resolución.

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